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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Impuesto sobre la lotería catalana

Hay una gran confusión en relación con la lotería de la Generalitat denominada Lotto 6/49, respecto si se encuentra o no exenta del impuesto del Estado, bien llamado impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) o de la declaración de capital, como sucede a la Lotería Nacional, Primitiva, Bono Loto, cupón de la ONCE e incluso, por reciente disposición estatal, al oro de la Cruz Roja, pues en el libro editado por la Hacienda pública para la declaración del IRPF correspondiente al año 1987, en su página 5, al hablar de los premios, dice, textualmente, "que no tienen que declararse los premios del Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado", "de la Organización de Ciegos Española", "literarios, artísticos y científicos declarados relevantes por el Ministerio de Economía y Hacienda".No habla de la lotería de la Generalitat, Lotto 6/49.

Al objeto de aclarar la incógnita llamé por teléfono a la Delegación de Hacienda de Barcelona, y me informaron de forma concreta que la Lotto 6/49 no estaba exenta de impuestos y, por tanto, tenía que abonar a partir de los 12,81 millones de pesetas el 45% de la cantidad cobrada. No obstante, y para confirmarlo, ante la duda de algunos aficionados, efectué una segunda consulta a la Administración de Hacienda de Mataró, y, en parecidos términos, corroboraron lo dicho por la de Barcelona.

Ante la noticia, novedosa, dada la creencia generalizada de que se encuentra en igualdad con las loterías del Estado, decidimos informarnos en los lugares donde se expenden los boletos, no recibiendo en ninguno de ellos explicación clara y segura, y menos aún apoyada por documento oficial, coincidiendo todos ellos en que lo consultarían a la dirección de la Lotto 6/49, y algunos, de forma oficiosa, recibieron contestación de que estaba exenta de impuestos. Pero si esto es así, ¿cómo no es de dominio público y cómo es que algunos afortunados acertantes no han recibido de la Dirección de Juego de la Generalitat documento que acredite tal exención, y tienen la duda de si dentro de algunos años no les va a ser reclamada la cantidad impagada?-

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