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POLICÍAS ANTE LA JUSTICIA

La Audiencia procesa por detención ilegal a dos policías de la brigada que los agentes del 'caso el Nani'

La Audiencia Provincial de Madrid ha procesado a los inspectores Luis Ron Méndez y Jesús Vicente Alvarez García, adscritos a la sección de atracos de la Brigada Regional de Policía Judicial (BRPJ), la misma a la que pertenecían los agentes enjuiciados por la desaparición del Nani. Los dos inspectores detuvieron hace tres años al presunto delincuente Francisco Castelló y le pusieron a disposición del juzgado de guardia, al frente del cual se encontraba aquel día el magistrado y ex senador socialista Joaquín Navarro. Este decretó la libertad provisional de Castelló y abrió diligencias contra los agentes por los delitos de allanamiento de morada, detención ilegal y registro sin autorización judicial.

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La Audiencia comunicó anteayer el procesamiento de los dos inspectores tras desestimar su recurso. Este tribunal considera en la relación de hechos que los dos inspectores entraron en la mañana del 5 de marzo de 1985 en el domicilio de Castelló, situado en la calle de Ibiza de Madrid, "sin tener mandamiento judicial que les habilitara para ello y sin contar con autorización para tal entrada y el ulterior registro". Asimismo estima que María Teresa Andrés Palafox, mujer de Castelló, "fue trasladada a la Brigada Regional de Policía Judicial sin constar la existencia de cargos concretos contra la misma". Por ello, la Audiencia ha procesado a los inspectores Ron y Álvarez como presuntos autores de los delitos de allanamiento de morada y detención ilegal.Fuentes policiales han señalado que la BRIPJ de Madrid intervino en el caso tras recibir una comunicación de la misma sección de Valencia en la que se indicaba que un delincuente acusado de atracos a bancos se encontraba en Madrid, informando dónde residía. Agentes de esa brigada, la misma de los policías del caso el Nani, montaron por la noche un dispositivo en las inmediaciones del domicilio de Castelló que concluyó a la mañana siguiente con su detención y el traslado de su mujer a las dependencias policiales de la Puerta del Sol, en calidad de "retenida", según la versión de uno de los agentes ahora procesados, a pesar de que el Tribunal Constitucional niega la existencia de figuras legales intermedias entre la detención y la libertad.

Tras tomar declaración a Castelló, el presunto delincuente fue enviado al juzgado de guardia. El magistrado Navarro, después de oír la versión del detenido, abrió unas diligencias previas contra los dos inspectores, y posteriormente elevó el sumario a la Audiencia en virtud del fuero policial, que impide al juez natural procesar a los agentes.

Según la abogada Begoña González Martín, defensora de Castelló y miembro de la Asociación contra la Tortura, los agentes entraron en el domicilio de la calle de Ibiza y allí detuvieron a su cliente y a la mujer, que, tras hora y media en la Puerta del Sol, fue liberada sin que se practicase ninguna diligencia con ella.

Según Fernando Carpena, defensor de los agentes, los inspectores detuvieron a Castelló en su vehículo, cuando bajó de su casa, y le intervinieron una pistola de gas. Según el relato de los procesados, el delincuente vestía un chándal y calzaba zapatillas, por lo que pidió subir un momento a su casa a cambiarse. Los agentes le acompañaron y entraron con él en su domicilio, de donde se llevaron también "conducida" a su mujer a la Puerta del Sol.

La Audiencia, en una primera resolución, desestimó, el 21 de abril de 1986, el procesamiento de los agentes, lo que fue recurrido por la abogada González y la Fiscalía del Estado.

Los componentes de la Sección Primera de la Audiencia cambiaron en aquel lapso, y el recurso fue estimado y procesados los policías. Sin embargo, a los agentes no se les notificaron las últimas actuaciones, por lo que el entonces abogado de los inspectores, el letrado Emilio Rodríguez Menéndez, pidió la nulidad, lo que fue aceptado por el tribunal. Finalmente, la Audiencia ha vuelto a procesar a los policías, y ha dictado su libertad provisional, desestimando un recurso del abogado Carpena.

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