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Declarado inconstitucional el artículo 509 del Código Penal

El Tribunal Constitucional en una sentencia dictada el pasado día 8, difundida ayer, declaró que el artículo 509 del Código Penal vulnera el principio de presunción de inocencia reconocido en la Constitución, cuando se interpreta que la posesión de instrumentos para ejecutar un robo presume que su finalidad es la ejecución de ese delito.El citado artículo establece: "El que tuviere en su poder ganzúas u otros instrumentos destinados especialmente para ejecutar el delito de robo, y no diere descargo suficiente sobre su adquisición o conservaión, será castigado con la pena de arresto mayor. En igual pena incurrirán los que fabricaren dichos instrumentos. Si fueren cerrajeros, se les aplicará la pena de presidio menor".

El alto tribunal considera legal otra interpretación, según la cual la acusación tiene que probar el destino de los útiles.

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