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Abogados de la acusación y de la defensa actuan contra Barrionuevo por falso testimonio en el 'caso el Nani'

Dos de los letrados que intervienen en el juicio por la desaparición de Santiago Corella, el Nani, prevén emprender acciones legales contra el ministro del Interior, José Barrionuevo, por supuesto falso testimonio en su declaración, leída en la sesión del jueves. José Emilio Rodríguez Menéndez, defensor del comisario Francisco Javier Fernández Álvarez, solicitó ayer formalmente que se remita al Tribunal Supremo lo testificado por el ministro por si pudiera constituir un delito de falso testimonio. José Antonio Sanz Grasa, ahogado de la familia Corella, anunció que pedirá igualmente la detención de testimonio (utilizar la declaración de José Barrionuevo en este caso para emprender otro proceso).

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El letrado Sanz Grasa considera que Barrionuevo puede haber incurrido no sólo en un delito de falso testimonio con sus respuestas por escrito leídas el jueves en el palacio de justicia, sino también en otro de privación de derechos cívicos y otro más de falsedad en documento público. Asimismo, su compañero en la acusación del caso el Nani Jaime Sanz de Bremón, personado como acción popular en nombre de la Asociación contra la Tortura, no descarta que antes de la presentación de su informe pida el procesamiento del titular del departamento de Interior. De hecho, la acusación popular ya solicitó durante la instrucción de la causa dicho procesamiento, que no fue admitido entonces por el Tribunal Supremo.Por su parte, Manuel Tuero, defensor de los inspectores Victoriano Gutiérrez Lobo y José María Pérez Gutiérrez, no es partidario de pedir actuaciones judiciales contra Barrionuevo, al considerar que "el testigo ya se ha descalificado suficientemente ante la opinión pública y ante el tribunal". El letrado Manuel Salgado, abogado del inspector Francisco Aguilar González, es contrario a la deducción de testimonio, ya que se opone "a la politización del caso".

Igualmente, el abogado defensor Fernando Carpena también se opone al procesamiento por cuestiones técnicas" planteadas por sus clientes.

Durante la sesión de ayer de la vista oral, testificó entre otros el comisario Enrique de la Hoz, jefe de la Unidad Especial de Policía Judicial (TEPOL), organismo transmisor entre las brigadas operativas y el ministro del Interior para la aplicación de la ley antiterrorista.

De la Hoz, quien ratificó anteriores testimonios relativos a que dicha legislación se aplicó repetidas veces a delincuentes comunes, manifestó que "normalmente se solicitaba la incomunicación" por parte de los agentes que habían detenido a un sospechoso.

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Enrique de la Hoz desmintió no obstante ante el tribunal a sus superiores del Ministerio del Interior, al señalar que los policías tan sólo solicitaban la aplicación de la ley antiterrorista, que era competencia del ministro o del director de la seguridad del Estado.

En la sesión del jueves, el secretario de Estado pasa la seguridad, Rafael Vera, y el director general de la policía, José María Rodríguez Colorado achacaron a los policías la aplicación de la ley antiterrorista. Según estos altos cargos, el ministro se limitaba a ratificarla o denegarla. De la Hoz, no obstante, matizó su declaración asegurando que en las peticiones de incomunicación emitidas por los agentes "implícitamente se requería [tan sólo] confirmar la petición".

Preguntado De la Hoz sobre si existía algún mecanismo de control del Ministerio de Interior para asegurar la veracidad de las informaciones que remitían los policías solicitantes de incomunicación, declaró que no se hacían "contrastes ni comprobaciones" y consideró a la autoridad judicial como competente en este extremo.

El declarante agregó que los primeros años de aplicación de la ley casi todas las diligencias se dirigían a los juzgados de guardia, siguiendo el contenido de la Orden Ministerial de 1978. A pesar de ello, según la ley 11/80 [conocida como ley antiterroristal la instancia competente en estos casos son los juzgados centrales de la Audiencia Nacional. Por último, De la Hoz admitió "algún caso" de detenidos incomunicados que han debido ser ingresados en un centro hospitalario.

En otro momento testificó el comisario Alberto Pérez Cayuela, ex jefe de la inspección central de servicios, quien consideró "absolutamente ¡regular" mantener detenida a una persona durante 72 horas sin realizar ninguna diligencia. Concepción Martín, mujer de Ángel Manzano y detenida con éste y el Nani, permaneció tres días en dependencias policiales sin que prestase declaración hasta el último momento.

El momento insólito de la jornada tuvo lugar cuando el letrado Rodríguez Menéndez hubo de renunciar al testigo Emilio Reina Guerra, comisario de policía, quien por un error en la solicitud del propio Rodríguez Menéndez fue citado en lugar de su hermano Manuel, también comisario. En un intento de explicar el error, Rodríguez Menéridez preguntó al compareciente si tenía "algún hermano que se apellide Reina", a lo que el testigo respondió: "Sí, claro".

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