Una sentencia leve
EL VEREDICTO del tribunal que ha juzgado el caso Rueda ha resultado bien favorable para los funcionarios de prisiones acusados del brutal apaleamiento que provocó la muerte del recluso anarquista hace 10 años en los sótanos de la cárcel de Carabanchel. Los magistrados, ni han aceptado la acusación de homicidio formulada por el ministerio fiscal ni, mucho menos, la de asesinato, propugnada por la acusación particular. El tribunal, a iniciativa exclusivamente suya, se ha inclinado por tipificar los hechos como un delito de imprudencia temeraria con resultado de muerte. La condena impuesta a los acusados ha sido de seis años de prisión menor. En caso de homicidio, les hubieran correspondido entre 12 y 20 años, y hasta 30 años si la muerte hubiera sido considerada asesinato. No obstante, el tribunal considera que los hechos constituirían en realidad un delito de torturas con resultado de muerte. La ausencia de esta figura delictiva en el Código Penal en el momento de producirse los hechos le imposibilita para calificarlos de torturas y, por tanto, de imponer una condena más fuerte.El aspecto jurídico del caso no está definitivamente cerrado, pues tiene todavía por delante un interesante debate ante tribunales superiores. Pero más allá de la valoración que merezca la tipificación delictiva que el tribunal ha aplicado a los hechos y la pena infligida a los acusados, el caso Rueda es un ejemplo esclarecedor de los obstáculos ingentes que se oponen a la realización de la justicia en zonas todavía umbrías del aparato del Estado.
Desde una perspectiva histórica, algo hemos avanzado, y hay que reconocerlo así. Hasta poco antes de la fecha en que fue apaleado hasta la muerte Agustín Rueda, hechos parecidos quedaban impunes en la oscuridad silenciosa de las prisiones. La democracia ha vuelto posible que la justicia llegue, aunque sea tarde y con dificultades, a los rincones más ocultos y protegidos. En el caso Rueda, la hora de la justicia también ha sonado, y no han podido impedirlo ni el ocultamiento de los hechos por parte de los acusados ni la eventual implicación de ftincionarios judiciales en el retraso de siete años en el sefialamiento del juicio.
En todo caso, un correcto funcionamiento del poder judicial es absolutamente incompatible con el escándalo que supone que un proceso pueda tardar hasta 10 años para sustanciarse, como ha ocurrido con el abierto por la muerte de Rueda. Y resulta más que llamativo que desde ninguna instancia oficial se hayan investigado las causas de retraso tan sospechoso. Las simpatías ideológicas o el interés corporativo pueden seguir jugando todavía un papel discriminatorio en la aplicación de la justicia por igual a todos los ciudadanos. En supuestos así, quienes tienen la responsabilidad última de que la justicia se imparta sin la más mínima sospecha de preferencia están obligados a no quedarse quietos. Su pasividad podría alentar otros intentos de lenidad o de pura y simple impunidad. La postura del letrado del Estado, adhiriéndose a la petición de absolución de los funcionarios acusados, no ha podido ser más reveladora de cuál es la verdadera catadura moral del cliente sin rostro al que representa.
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