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Hacienda mantiene su criterio de sancionar los errores en la declaración de la renta

Los errores de cálculo en la declaración del impuesto sobre la renta continuarán siendo sancionados por Hacienda, según la interpretación que la Dirección General de Política Tributarla da a una sentencia reciente del Tribunal Supremo (véase EL PAÍS del 11 de octubre). Hacienda se basa en que la sentencia mantiene la indefinición de la normativa actual dado que habla "de diferencia de criterio razonable", y que ello "puede ser" causa de exclusión de la culpabilidad.En el primer, año de entrada en vigor de la modificación parcial de la ley general Tributaria en abril de 1985, Hacienda detectó errores en 1.032.000 declaraciones, es decir, en un 14% de las presentadas en 1986. De ellos, el 57%, son equivocaciones del contribuyente y el resto son errores de Hacienda al realizar la llamada "liquidación paralela", es decir, de las declaraciones. Y sobre los aproximadamente medio millón de declaraciones erróneas, se han abierto expedientes sancionadores en 200.000 casos.

Las multas aplicables según la nueva ley general Tributaria alcanzan al 50% de la diferencia entre lo que sé ha declarado equivocadamente -aunque sea de forma involuntaria- y lo que Hacienda considera que se debe ingresar. La mayor parte de estos errores son a favor del contribuyente y proceden de equivocaciones en operaciones matemáticas a la hora de calcular la base imponible o la cuota íntegra. En otros casos, también frecuentes, se supera el límite del 30% de deducción por inversiones o el de 10.000 pesetas de deducción por rendimientos del trabajo personal. También hay equivocaciones frecuentes en el cálculo de la deducción variable.

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