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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Secreto a voces

UN PROYECTO de ley orgánica que regula la cláusula de conciencia y el secreto profesional de los periodistas está a punto de ser enviado al Consejo de Ministros para su posterior remisión al Parlamento. El retraso con que se aborda el desarrollo constitucional de estos derechos, en cuanto garantías del derecho fundamental a comunicar o recibir libremente información, que reconoce el artículo 20 de la Constitución, es una muestra de la reticencia de los poderes públicos a fortalecer legalmente la libertad de prensa. En todo caso, más que alambicadas redacciones legales, lo que este asunto exige de los poderes públicos es voluntad política, así como una aceptación sin reservas del derecho de información como esencial para el funcionamiento del Estado democrático.Hubiera bastado, por ello, una simple reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal y de las leyes laborales para que acogiesen en su seno estas dos salvaguardias del derecho de información, que, entre otras cosas, y con arreglo al texto constitucional, no es exclusivo de los periodistas, sino que pertenece a todos los ciudadanos. Quiere decirse entonces que son éstos, y no sólo aquéllos -convertidos en casta-, quienes deben beneficiarse del derecho constitucional del secreto de las fuentes.

El Gobierno ha preferido redactar una ley específica, que comienza por definir lo que es un periodista y acaba por sancionar lo contrario de lo que se suponía. En vez de garantizar el secreto profesional de los informadores, lo que hace es sacralizar su obligación de declarar las fuentes ante el juez, es decir, legaliza la vulneración de ese secreto. Ya en la legislación del franquismo se exoneraba al periodista de la obligación de revelar sus fuentes, "salvo en los casos de obligada cooperación con la justicia, al servicio del bien común", como rezaba el Estatuto de la profesión periodística vigente entonces. Causa sonrojo que la democracia sea incapaz de avanzar más que la dictadura en este punto. Nunca, ni la Administración Pública ni la policía han tenido título legal, salvo la coacción o el chantae, para fundamentar exigencia alguna de que el periodista revele sus fuentes. Exonerar por ley al periodista de la obligación de hacerlo ante dichas instancias es, por ello, superfluo. Y causa también sorpresa que los redactores del proyecto debatan si el periodista está o no obligado a revelarlas al titular de la empresa periodística donde presta sus servicios. Porque el secreto profesional, independientemente de ser un derecho reconocido en la Constitución, es, ante todo, un deber moral de los profesionales, y sólo puede ser compartido con el director de la publicación, en tanto en cuanto también él esté obligado a respetarlo.

La ley de Enjuiciamiento Criminal exime a abogados y sacerdotes de la obligación de denunciar o de declarar ante el juez sobre hechos o noticias conocidos en el ejercicio de sus funciones. Esta excepción está plenamente justificada para salvaguardar el derecho de defensa de los ciudadanos, en un caso, y en el otro obedece a tradiciones y privilegios eclesiásticos. Hoy día la profundización del Estado democrático ha avanzado por el reconocimiento en su seno de una opinión pública libre, sin la cual las instituciones estatales, por más que estén legitimadas por su origen popular, tienen el peligro del anquilosamiento y de la manipulación. Remover los obstáculos que impidan la formación de la opinión pública es un deber de los poderes públicos democráticos. Y, en cualquier caso, es un mandato constitucional. Por otra parte, la independencia del poder judicial está garantizada, pero no hay que olvidar la dependencia del ministerio fiscal respecto del Ejecutivo, la cual se manifiesta, principalmente, en todo aquello que es considerado cuestión de Estado. Es decir, precisamente en lo que más puede afectar al funcionamiento de las instituciones democráticas y que, por ello, puede plantear conflicto en un momento dado entre el poder político y el derecho de información.

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En definitiva, todo el proyecto del Gobierno adolece de los mismos males que su política general en materia de información: es fruto de la ignorancia y el arbitrismo. Por lo demás, los periodistas deben negarse a revelar sus fuentes, y están obligados moralmente a protegerlas si con eso garantizan un flujo de información fiable hacia la sociedad. Éste es un imperativo de cualquier prensa democrática. A veces eso ha llevado a algunos a dar con los huesos en la cárcel, y sin duda eso es lo que quiere el Gobierno: presentar la amenaza para doblegar al más débil.

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