Sobreseída la denuncia contra el director del INE
E. juez de instrucción Luis Lerga ha sobreseído la denuncia por presunta desobediencia que presentaron la Junta Electoral Provincial y la Junta de Zona de Madrid contra el director general del Instituto Nacional de Estadística (INE), Javier Ruiz-Castillo.Ambas juntas remitieron el pasado 10 de junio -fecha de las elecciones municipales y autonórricas- un informe al juzgado de guardia en el que explicaba que el director general se había negado a entregarle el texto, solicitado días antes de las votaciones. La petición se basaba en la necesidad de controlar la formación de las mesas electorales, el nombramiento de interventores y el voto por correo.
Ruiz-Castillo respondió que no creía necesario entregar el censo, cuyo texto habría tenido que reproducir en cerca de 70.000 hojas de ordenador, para lo que habría necesitado un día entero, a una media de 2.000 líneas por minuto.
La Junta Electoral insistió, en un nuevo escrito remitido al INE, en que no había recabado el crilterio del director general, sino que le había "ordenado" que remitiera los ejemplares del censo, orden que reiteraba. Javier Ruiz-Castillo insistió a su vez en que no la cumpliría.
Prohibición
Tras la denuncia presentada, el director general argumentó ante el juez que la ley no le obliga a trasladarlos datos a la junta provincial. El artículo 41 de la ley Electoral señala que pueden obtener copias las comunidades autónomas y los representantes de cada candidatura, así como los representantes generales de los partidos, federaciones o coaliciones que presenten listas. La ley no cita ninguna otra instancia que tenga acceso al censo electoral, e incluso prohíbe al INE facilitar cualquier información particularizada, a no ser que la soliciten los jueces.La Junta Electoral Provincial -formada por tres magistrados y dos juristas de prestigio designados por la Junta Electoral Central- no es propiamente una instancia judicial, sino un órgano de la Administración electoral.
Asimismo, Ruiz-Castillo aportó los textos de varios acuerdos anteriores adoptados por la Junta Electoral Central (de la que el director del INE forma parte con voz pero sin voto), según los cuales "no existe necesidad de que las juntas provinciales dispongan de las listas del censo electoral".
Estos acuerdos fueron tomados por la Junta Electoral Central con motivo de peticiones similares presentadas por juntas electorales de León y Salamanca, e incluso para responder a una cuestión planteada por la propia Junta de Zona de Madrid.
El fiscal que se encargó del caso tras la denuncia indicó, en un escrito remitido al juez el pasado 21 de julio, que no se había producido el delito de desobediencia. Por tanto, el juez ha dictado el auto de sobreseimiento basándose en que las leyes españolas establecen que así ha de hacerse cuando el ministerio fiscal lo pida "y no exista querellante particular dispuesto a sostener la acusación".
El director general del instituto se encontraba ayer en Japón, donde asiste a un congreso internacional de estadística.
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