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El fiscal considera ilegal la clausura del repetidor de TV-3 en Castellón

El fiscal ha pedido a la Audiencia de Valencia que declare ilegal la orden gubernamental de cierre del repetidor deTV-3 que Acció Cultural del País Valenciá (ACPV) tiene instalado en el monte Bartolo, cerca de Castellón. La decisión, tomada por el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones el 19 de noviembre de 1986, tenía carácter provisional, mientras se instruía un expediente sancionador contra ACPV por no haber solicitado la preceptiva licencia. El fiscal coincide con ACPV en que la orden viola el derecho a la libertad de expresión.

El reemisor seguirá funcionando hasta que el tribunal competente -la Sala Primera de lo Contencioso Administrativo- dicte sentencia.

En su informe, el fiscal considera que la clausura de las instalaciones "viola el derecho fundamental [a la libertad de expresión] invocado por el recurrente, ya que la sanción se anticipa a la finalización del expediente".

Por contra, disiente de ACPV al estimar ajustada a derecho la incoación del expediente sancionador. Finalmente, el fiscal afirma que "la mera exigencia de autorización no es obstáculo para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión".

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