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Las formas de eludir la inspección del Banco de España

La operación de eliminar formalmente una parte de la autocartera del Banco Guipuzcoano es relativamente pequeña por las cifras (150 millones de acciones para comprar 118.000 acciones, cuando el capital de este banco está cerca de los 3.000 millones de pesetas), pero no lo son tanto otras similares realizadas con las mismas personas para la compra de acciones del propio Banesto y que afectaron a algo más del 1% de sus acciones.Fuentes de Banesto reconocieron que este tipo de operaciones habían sido relativamente usuales en épocas anteriores, y así reconocieron que José Nonay tuvo un crédito de 210 millones de pesetas del Banco de Vitoria, que pertenece totalmente a Banesto, con el cual adquirió 257.000 acciones de Banesto. Al tiempo, obtuvo otro préstamo del Banco Garriga Nogués, ciento por ciento de Banesto también, por valor de algo más de 1.000 millones de pesetas, con los que adquirió 1,2 millones de acciones de Banesto adicionales. En total, Nonay compró por este procedimiento casi un millón y medio de acciones de un banco que tiene algo más de 130 millones de títulos, de 250 pesetas por acción de nominal.

Estas dos operaciones fueron deshechas por los responsables de Banesto cuando a la empresa de Nonay se le instó quiebra necesaria por parte del Algemeine Bank Nederland, en un intento de adelantarse en el cobro de posibles deudores. La quiebra ha sido levantada por la Administración de justicia.

Pero, en la recuperación de las acciones y su posterior venta, Banesto ha incurrido en unas pérdidas cifradas por ellos mismos en algo más de 400 millones de pesetas. La venta de las acciones, que pertenecían a José Nonay, se hizo a un cambio que representó que el Banco Garriga Nogués perdió más de 350 millones de pesetas, y el resto, el Banco de Vitoria.

Estas pérdidas fueron asumidas por Banesto, quien abonó a los dos bancos filiales la diferencia entre el importe del préstamo y las cantidades recibidas por la venta de las acciones, y desde hace varios meses las provisiones contables que Banesto tenía que realizar para hacer frente a estos riesgos ciertos ya se han efectuado.

El Banco de España, como instrumento de control y supervisión de las entidades privadas de crédito, afirmó desconocer en concreto estas actuaciones, que vulneran el artículo 167 del Código de Comercio, en el que se señala textualmente que "las compañías anónimas no podrán prestar nunca con la garantía de sus propias acciones", así como que tampoco tenían conocimiento de la sentencia dictada por el juez de primera instancia de Calatayud, por lo que, señaló un portavoz, nada se ha decidido sobre posibles actuaciones por parte de la autoridad monetaria.

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