La Audiencia ordena nuevas pruebas sobre la muerte de Castán, presuntamente torturado por dos policías
La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado el auto de conclusión del sumario contra los inspectores de policía Amador Miralpeix del Pino y José Manuel Ortiz Prieto, presuntos autores de un delito de torturas en la persona del policía nacional excedente José Manuel Castán, fallecido el 14 de marzo de 1984, tres meses y medio después de ser detenido por ambos policías. A petición de María del Carmen Molina, viuda de Castán, el tribunal ordena al juez instructor que realice nuevas pruebas encaminadas a demostrar si las torturas fueron la atusa de la muerte.
La viuda de Castán, que ejerce la acusación particular en esta causa, recurrió, asesorada por el letrado Diego Córdoba, contra el auto de conclusión del sumario dictado por el titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid, José Ignacio Parada. El fiscal estimó "correctos los razonamientos procesales de la parte y su petición de revocación del aute, de conclusión del sumario". La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado que se reabra el sumario y que el juez instructor practique nuevas pruebas documentales, periciales y testificales, necesarias, dice, "para la determinación de los hechos y personas responsables de los mismos".Esta resolución significa un giro importante en la causa, ya que hasta el momento, y de acuerdo con las pruebas practicadas, el ministerio público consideraba que no se había podido determinar la relación de causa a efecto entre las lesiones sufridas por Castán y su muerte. Las afirmaciones de la hermana y la viuda de Castán en el sentido de que la muerte se produjo por un edema pulmonar a consecuencia de las torturas recibidas no han sido admitidas hasta ahora.
El policía Emilio Ballesteros
Entre las pruebas documentales solicitadas figura la petición del telefonema original sobre el que testificó en su día Emilio Ballesteros Manrique, jefe de la Brigada Regional de la Policía Judicial en diciembre de 1983, cuando se produjo la detención de Castán. El objeto de esta prueba es "acreditar la persona o personas que demoraron poner en libertad a José Manuel Castán". Igualmente, el juez instructor deberá requerir a la Jefatura Superior de Policía la identidad del médico o médicos de guardia en la noche del día 1 y mañana del día 2 de diciembre de 1983 y recabarle la documentación relativa a la asistencia sanitaria que dispensaron a Castán.Como prueba pericial se propone que un arquitecto levante plano detallado de la situación en que se encuentran las dependencias del Grupo VI de la Brigada Regional de la Policía Judicial en la Dirección General de la Seguridad, "especialmente de las dependencias a que fue conducido y estuvo detenido José manuel Castán y la distancia al despacho de don Emilio Ballesteros Manrique".
Como prueba testifical, serán citados a declarar los doctores Ángel Conejo Conejo y Almazán Ceballos. Igualmente se ordena que testifique el inspector de policía José Luis Rubio Castro, "por ser el jefe de la sección segunda de la Brigada Regional de Policía Judicial de Madrid y jefe superior inmediato del procesado Amador Miralpeix", y encontrarse en las dependencias de la brigada al llegar detenido Castán.
También se solicita el testimonio del secretario general de la Jefatura Superior de Policía de Madrid, "por ser la persona que recibió la orden del juez de puesta en libertad de José Manuel Castán y quien libró la comunicación a la brigada el nuismo día 6 de diciembre de 1983, instrucción que no se cumplió hasta tres días más tarde". Otro testigo será un camarero cuyo primer apellido es Santos, que prestaba servicios en el Club Olimpo, en la madrileña calle de Cipriano Sancho, donde fue detenido Castán.
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