Interior introduce en un borrador del Reglamento de la Policía "el deber de no ejecutar" órdenes de torturas
El Ministerio del Interior ha introducido en un borrador del Reglamento Orgánico de la Policía "el deber de no ejecutar" órdenes que impliquen actos de tortura. Los agentes que cometan tratos inhumanos serán suspendidos en sus funciones por un período de tres a seis años o separados del servicio definitivamente. Este texto, al que ha tenido acceso este periódico, ha sido elaborado por la Dirección de la Seguridad del Estado, cuyo responsable es Julián Sancristóbal, y desarrolla la ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El borrador incluye la posibilidad de ampliar a 10 días el plazo de incomunicación para los detenidos no terroristas, siempre que lo autorice el juez. El texto será ahora estudiado por el Consejo de Ministros.
Los miembros del Cuerpo Nacional de Policía "tendrán el deber de no ejecutar o de ignorar toda orden o instrucción que conlleve actos de tortura u otras penas o tratamientos inhumanos o degradantes", según señala el capítulo del citado texto titulado Principios y deberes de actuación. Asimismo, en la sección de Tratamiento de detenidos se indica que "velarán por la vida e integridad física de las personas a quienes detuvieren".El borrador del reglamento considera falta muy grave "la práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios y vejatorios a las personas que se encuentren bajo su custodia". De acuerdo con el mismo texto, las sanciones por faltas muy graves son la separación del servicio o la suspensión de funciones de tres a seis años. La facultad de imponer la sanción por falta muy grave con el resultado de separación de servicio queda limitada al ministro del Interior. En el caso de inhabilitación temporal por falta muy grave, también puede recaer la potestad en el director de la Seguridad del Estado.
En el anterior reglamento, que fue modificado parcialmente por el Real Decreto de 11 de julio de 1984, la práctica de tratos denigrantes se conceptuaba como falta grave, su sanción en ningún caso pasaba por la separación del servicio y el tiempo máximo de suspensión de funciones se limitaba a tres años.
Otra de las novedades que presenta el borrador es la que señala que "todos los miembros del Cuerpo Nacional de Policía tienen el deber de jurar o prometer acatamiento a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico".
"En el cumplimiento de sus funciones deberán servir a todos los ciudadanos, con neutralidad política, imparcialidad, integridad y dignidad, sin discriminación alguna por raza, sexo, religión, lengua, opinión, lugar de nacimiento o vecindad", añade el texto.
"En particular", concreta, "deberán abstenerse de todo acto de corrupción y oponerse a él resueltamente, dando cuenta de los hechos al jefe de la dependencia o a la autoridad judicial o administrativa cuando proceda".
"En ningún caso", precisa el borrador, "la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos ilegales".
Trato a detenidos
En este sentido se añade que "el funcionario que reciba de su superior una orden que estime patentemente ilegítima, deberá hacerlo saber así al mismo con indicación de sus razones". Sin embargo, el texto agrega que "si la orden es ratificada por escrito, el funcionario tiene la obligación de ejecutarla".El texto incluye una sección de trato a detenidos incomunicados en el que señala: "Los detenidos serán puestos a disposición del juzgado competente dentro de las 72 horas siguientes a la detención". "No obstante", añade, "la detención preventiva podrá prolongarse el tiempo necesario para los fines investigadores hasta un plazo máximo de otros siete días, siempre que se solicite del juez, indicando la ubicación del establecimiento en el que esté o vaya a ser internado el detenido y se autorice la prolongación solicitada".
Equiparación
El borrador del reglamento parece dar por sentado que las diferencias entre los ministerios de Interior y de Justicia respecto a diversos artículos de la legislación antiterrorista se resolverán a favor del primer departamento, partidario del mantenimiento de los diez días, en total, de incomunicación. A juicio de expertos consultados, la aprobación del reglamento en los actuales términos implicaría equiparar a los detenidos por delitos comunes con los presuntos terroristas en lo que respecta al máximo plazo de incomunicación.Fuentes policiales han señalado que el borrador del reglamento se encuentra a falta de retoques y que no será enviado a Consejo de Ministros hasta que el Consejo de la Policía no se constituya.
Este organismo está previsto que se ponga en marcha tras las elecciones en el seno de la policía, que se celebrarán probablemente en enero o febrero.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.