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El Supremo, partidario de no proceder contra Barrionuevo por el 'caso El Nani'

El Tribunal Supremo se muestra partidario de no proceder penalmente contra José Barrionuevo, ministro del Interior, en relación con la aplicación de la legislación antiterrorista a Santiago Corella, alias eI Nani según informaron fuentes jurídicas relacionadas con el caso. Sin embargo, el presidente de la Sala Segunda de dicho tribunal, Manuel García de Miguel, aseguró ayer a este periódico que aún no hay decisión firme y que ésta se tomará "en breve", probablemente hoy mismo.

Fuentes jurídicas han indicado que la Sala Segunda del Supremo, que ha sido la competente en este caso, considera que de lo actuado no se puede imputar subjetivamente al ministro que hana incurrido en el delito de privación de derechos en el caso El Nani. Estas fuentes añadieron que la razón que ha pesado en el Tribunal radica en que Barrionuevo no puede descender a detalles en la aplicación de la legislación antiterrorista.El Supremo responderá así -añaden los referidos informantes- al escrito formulado por la Audiencia Provincial de Madrid para que el alto tribunal se pronunciase sobre la presunta responsabilidad penal del ministro del Interior a causa de la aplicación de la ley antiterrorista a Santiago Corella, el Nani, delincuente habitual, un día antes de su desaparición, tras sufrir un interrogatorio el 12 de noviembre de 1983 en dependencias, policiales. El Supremo opina que mientras la investigación no proporcione elementos fácticos razonablemente concluyentes sobre el particular no procede la sala asuma la instrucción del caso. Por tanto, el asunto será devuelto a la Audiencia Provincial, tribunal que ha procesado recientemente a siete policías por el caso El Nani.

La Audiencia de Madrid envió el pasado 3 de septiembre un elcrito al Supremo en el que atendía una petición de la Asociación contra la Tortura, personada como acusación popular en el caso El Nani. La Asociación contra la Tortura estimaba que Barrionuevo incumo en responsabilidad penal en virtud del artículo 8.1 de la propia ley orgánica antiterrorista de 1980, que señala: "La utilización injustificada o abusiva de las facultades contenidas en la presente ley producirá la responsabilidad prevista en el artículo 55.2 de la Constitución". La norma fundamental. establece a su vez que "la utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal".

Fernando Salas, presidente de la Asociación contra la Tortura, manifestó ayer que la decisión del Supremo, de confirmarse, no cierra la puerta para proceder contra Barrionuevo, ya que este tribunal sólo se ha pronunciado sobre las pruebas presentadas hasta ahora. Salas anunció que la acusación popular trabajará en la línea de una mayor investigación con la intención de presentar nuevas pruebas.

Por otro lado, la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado practicar una prueba indagatoria a los tres policías procesados por el caso El Nani que se encuentran actualmente en prisión. La indagatoria a los otros cuatro agentes procesados fue efectuada la semana pasada.

La Sala Cuarta de la Audiencia ha dispuesto la realización de tal indagatoria para el próximo día 27. La prueba afectará al comisario Francisco Javier Fernández Alvarez y los inspectores Victoriano Gutiérrez Lobo y Francisco Aguilar González, recluidos en la prisión de Logroño. Sobre Gutiérrez pesa tidemás un auto de prisión dictado por el juez Luis Lerga por su presunta implicación en el superatraco a una sucursal en Madrid del Banesto que se obtuvo un botín de 1.200 millones de pesetas.

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