Recurso contra la negativa a procesar a un policía que hirió a un joven de 13 años
Los padres del joven Roberto Expósito, que resultó herido de gravedad en febrero de 1983, cuando tenía 13 años, por disparo de un policía nacional en el barrio de Zarzaquemada, en Leganés, y la asociación de vecinos del barrio, han recurrido, la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de denegar el procesamiento del policía. La Audiencia estimó que la actuación del agente, que disparó en una plaza que se encontraba muy concurrida, no constituye temeridad.
Los hechos ocurrieron a la una de la tarde del 27 de febrero de 1983. Roberto Expósito, entonces un estudiante de 13 años, salió del colegio San José, situado en la plaza de Dos Días, en Zarzaquemada, y se sentó en un banco cercano. En la plaza estaba un buen número de colegiales otros niños con sus madres y vecinos en general. En un momento dado, por una esquina apareció un joven corriendo que acababa de atracar una sucursal bancaria cercana..El presunto atracador iba seguido por un policía nacional de paisano, Angel García Álvarez, quien, para intentar detenerlo hizo varios disparos apuntando su arma horizontalmente. El joven atracador consiguió huir, pero una de las balas, al parecer por rebote, alcanzó a Roberto en la ceja izquierda y se le quedó alojada en la frente, aunque el proyectil llevaba una trayectoria paralela a la piel y no le mató. Roberto Expósito está plenamente recuperado, pero aún hoy tiene varias esquirlas de proyectil bajo la piel, que los médicos han preferido no extraer.
Los padres del niño, Antonio Expósito y Josefa Fernández, presentaron una querella contra el citado policía nacional, también vecino del barrio, por la, en su opinión, clara demostración de imprudencia del agente. Posteriormente la asociación de vecinos de Zarzaquemada ejercitó la acción popular. Después de una tramitación larga y compleja del sumario -que llegó a perderse en el juzgado de Leganés y tuvo que ser reconstruido-, la Audiencia Provincial desestimó el procesamiento del policía, en sentencia del 24 de junio pasado, por entender que "`no aparecen indicios de criminalidad suficientes, ya que su conducta [del agente] no supone una temeridad ni un exceso en las funciones de su cargo".
Los padres de Roberto y la asociación de vecinos han presentado el correspondiente recurso, en el que insisten en que el propio reglamento de la policía estipula el uso de armas sólo cuando no exista otro medio para evitar un delito y siempre que no se ponga en peligro la vida o seguridad de terceros.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.