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El Banco de España instó a Catalana para que comprara bancos, según la defensa

El Banco de España y el Fondo de Garantía de Depósitos instaron a Banca Catalana para que adquiriera el Banco de Gerona y el Banco Industrial del Mediterráneo, provocando en un solo año 3.000 millones de pérdidas en la entidad, aseguran los abogados defensores de los implicados en el caso Banca Catalana, en el escrito de alegaciones presentado el pasado 25 de septiembre en el juzgado. Con esta afirmación, los querellados pretenden desvirtuar las acusaciones realizadas por los fiscales, que sostienen que una de las razones de la crisis de la entidad fue la compra irregular de importantes paquetes de acciones de otros bancos.

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Los abogados defensores de 14 de los 17 implicados en el caso Banca Catalana reconocen que los administradores de la entidad infringieron la ley de Ordenación Bancaria de 1946, que establecía que los bancos, para comprar acciones de otras entidades, necesitaban autorización previa del Banco de España. Sin embargo, los querellados justifican esta supuesta infracción administrativa asegurando que era "la única forma de conseguir la necesaria expansión bancaria", ya que no podían por sí mismos abrir nuevas sucursales fuera de Cataluña sin recurrir a la compra de otros bancos ya instalados.Los abogados recuerdan a los magistrados que la compra de estas acciones se produjo en la década de los setenta, coincidiendo con la época de expansión bancaria, que estaba "rígidamente controlada por el Gobierno español". Añaden que Banca Catalana se vio obligada a comprar estas acciones a través de terceras personas -contratos de fiducia-, ya que estaba más vigilada que otras entidades, al considerársela "persona non grata por su carácter de impulsora de la economía y cultura catalanas".

Se recalca en el escrito de descargo que los contratos de fiducia son una práctica habitual, que, aunque no está reconocida en el derecho mercantil, ha tenido amplia aceptación por la doctrina y jurisprudencia. La defensa asegura además que se utilizó este tipo de contratos porque era la única fórmula posible y a pesar de que provocó importantes dispendios tributarios.

A pesar de estos vetos y problemas, los abogados defensores mantienen que todos los sectores relacionados con la banca conocían esta actividad y el propio Banco de España "admitía y hasta propiciaba" este tipo de operaciones. En 1971 se adquirió un paquete mayoritario del Banco de Alicante; entre 1968 y 1976, el Banco de Barcelona y el Mercantil de Manresa; entre 1972 y 1974, el Crédito e Inversiones en Galicia, y en 1969, el Banco de Asturias. El informe de los defensores afirma además que el Banco de España y el Fondo de Garanitía de Depósitos instaron a Catalana para que se hiciera cargo de ambas entidades provocando considerables pérdidas.

Una práctica habitual

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El informe justifica también la existencia de una autocartera de acciones en la propia entidad, lo que motivó, en opinión de los fiscales, una importante desviación patrimonial que configura algunos aspectos del delito continuado de apropiación indebida. Dicen los abogados que la autocartera fue una práctica habituial en la banca española y en la mayoría de sociedades cotizadas para regular fluctuaciones especulativas a la baja o al alza del valor de: las acciones. Recuerdan que, segán un informe publicado en 1983, el Banco Español de Crédito tenía el 13% de sus acciones en autocartera, mientras que el Central tenía el 12%; el Hispano Americano, el Bilbao y el Vizcaya, el 8%, y el Banco de Santander, el 6%. Asimismo, los defensores abor dan y justifican el pago de sobre sueldos a más de 70 empleados y desmienten las insinuaciones vertidas por los fiscales que aseguran que los administradores se beneficiaban de estos complementos salariales. Al respecto, afirman que Banca Catalana "fue un ejemplo de austeridad respecto de los consejeros", ya que "nunca percibieron la menor retribución ni por éste ni por ningún concepto", ni siquiera les eran abonadas dietas cuando tenían que desplazarse. De forma tajante, el informe dice que "los administradores de Ban ca Catalana no buscaban compensaciones económicas, sino que su único objetivo era la prosperidad económica de Cataluña".El informe intenta también des virtuar las acusaciones de los fiscales referidas a la caja b. Mientras el ministerio público sostiene que ésta era la fórmula contable a través de la cual se desviaba el patrimonio para fines irregulares, los defensores aseguranque la entidad económica b, como prefieren lla marla, "recoge una de las actividades de Banca Catalana dentro de su propia persona jurídica". Añaden que las actividades desarrolladas a través de esta entidad se reflejaban a su vez en la contabilidad de la empresa y recalcan que esta entidad b "carecía materialmente de fondos".

El escrito insiste también en que son jurídicamente correctos los créditos fiduciarios que revertían en favor de Banca Catalana, los avales de depósitos, el pago de extratipos y las sociedades instrumentales. El informe asegura que lo que los fiscales califican como créditos, letras, boletas y activos "ficticios" y que en algunos casos se atribuyeron a conocidos políticos, son "errores derivados de la contabilidad manual empleada por Banca Catalana, que fueron descubiertos por los propios contables cuando se acometió la tarea de informatizar las operaciones de la entidad", o "imperfecciones contables".

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