_
_
_
_
_
Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Chiringuitos

El verano ha llegado al MOPU de la mano de una resolución de 14 de mayo de 1986 de la Dirección General de Puertos y Costas, por la que se convoca él concurso de ideas para la construcción de pequeños establecimientos de comidas y bebidas en playas y lugares costeros de España (BOE de 21 de julio de 1986).La intención y texto de esta resolución se me antojan el ejemplo más reciente del despropósito administrativo, que nadie parece estar dispuesto a evitar, tan plácida y confortablemente instalado entre nosotros como está.

La finalidad que se retende servir es "evitar en lo posible el atentado contra el paisaje y medio ambiente que supone la aparición incontrolada de instalaciones de comidas y bebidas a lo largo de nuestras costas, con construcciones teóricamente desmontables, y por esto se ha tomado la decisión de establecer una serie de modelos indicativos que mejoren las condiciones estéticas y de uso de las instalaciones; elegir una serie de modelos de estos establecimientos que puedan ser desarrollados a nivel proyectual". "El trabajo consistirá en desarrollar a nivel de idea"; el grado del concurso "se desarrollará a nivel de concurso de ideas". Creo que es muestra suficiente para dar idea -no sé a qué nivel- del proyecto, aparte de reflejar su pulida gramática.

El dinero a repartir en premios oscila entre un mínimo de 4.500.000 de pesetas y un máximo de 6.000.000. Ante esto, uno tendría la tentación de calcular, por ejemplo, cuánta grifería de viviendas de protección oficial se podría conseguir con estas sumas, o si no podrían destinarse a evitar esa tenebros,a aparición incontrolada, etcétera.

Cuando un tema da mucho que hablar, lee todo lo que haya que decir.
Suscríbete aquí

Cualquier cosa antes de definiciones estéticas oficiales, que alargan la sombra de las facultades administrativas más allá del justificado control higiénico-sanitario de estas instalaciones.

Por último, resulta curioso comprobar la aplicación que desde la. propia Administración se empieza a hacer de la Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre la regulación de las atribuciones profesionales de los arquitectos e ingenieros técnicos, puesto que no se les permite firmar los proyectos a concurso.

Unificar continúa siendo uniformar y ningún terreno mejor abonado que el de la estética.-

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_