Carta abierta a doña Enriqueta
Doña Enriqueta Chicano Jávega es, según dicen los membretes, vocal asesor del gabinete del ministro de la Presidencia.El diputado del Parlamento vasco por Euskadiko Ezkerra, Javier Olaberri, tiene la pésima costumbre de leer el Boletín Oficial del Estado. Un día -el 15 de noviembre del año pasado- leyó que el Estado, por fin, había ratificado el convenio de 28 de enero de 1981 sobre protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal y, casi sin respirar, se leyó íntegro el texto del convenio.
Ni corto ni perezoso -no saben ustedes cómo es mi compañero Olaberri, ingeniero de profesión y estudiante de leyes-, el diputado vasco se dirigió al ministro del Interior. "Que se me comunique si la Administración del Estado dispone de ficheros automatizados donde figuren mis datos de carácter personal". "Que se me indique la finalidad principal de los ficheros, la autoridad que los controla y su residencia habitual". "Que se me comuniquen los datos existentes en dichos ficheros que se refieran a mi persona de forma inteligible y sin demora", demandó Olaberri, convencido de que los tratados que se firman se cumplen.
Han pasado varios meses. Barrionuevo no sabe, no contesta Pero he aquí que Olaberri recibe carta de doña Enriqueta.
Debiera usted saber -viene a decir doña Enriqueta- que la sola ratificación del convenio no es suficiente para que pueda invocarse la aplicación directa de preceptos concretos del mismo, ya que dicho convenio no es susceptible de tal aplicación directa. La obligación contraída por el Estado español consiste en dar cumplimiento en su legislación interna a los preceptos del convenio. Hasta tanto no exista una ley interna en la que se establezca una regulación, no será posible invocar el convenio.
Querida doña Enriqueta, perdone que le diga que está usted en las nubes. Tiene usted que leerse el artículo 96.1 de la Constitución (los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno) y el artículo 1.5 del Código Civil (las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales no serán de aplicación directa en España en tanto no hayan pasado a formar parte del ordenamiento interno mediante su publicación íntegra en el Boletín Oficial del Estado). Querida doña Enriqueta, tendría usted que saber distinguir entre validez interna del tratado o recepción propiamente dicha y la plena eficacia del tratado mediante su publicación.
Tendría usted que repasar sus nociones sobre la necesidad de coherencia de la actuación del Estado como persona de derecho internacional y como persona de derecho interno.
Tendría usted que recordar el artículo 27 del Convenio de Viena (el Estado no podrá invocar disposiciones de su derecho interno como justificación del incumplimiento de un tratado).
Tendría usted que leer a los iusinternacionalistas como Waelbroeck. Tendría usted que saber que la doctrina española fluctúa entre quienes creen que no se puede aplicar un texto internacional ratificado y no publicado, en cuyo caso existiría responsabilidad patrimonial del Estado (González Campos y Rodríguez Zapata, por ejemplo) y quienes opinan (Araceli Mangas, Díez Velasco, etcétera) que un tratado debidamente celebrado y en vigor, aunque no esté publicado, podría ser alegado por los justiciables ante un tribunal.
Tendría usted, sobre todo, que no asesorar a nadie, porque con asesoramientos así no vamos muy lejos, estando, como estamos, en Europa.
Ahora se comprenden muchas cosas. Por ejemplo, que la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura aquí tampoco se aplique. Algún asesor, esta vez del Ministerio del Interior, habrá dictaminado que esa convención es una extravagancia propia de países nórdicos que nada tiene que ver con nosotros.
Y luego se quejará alguien de que algún parlamentario vasco en Estrasburgo presente propuestas de resolución (recuerde la ley antiterrorista y el caso Zabalza) que sacaría los colores a la cara del Estado si el Estado tuviera cara y, claro, tuviera colores.
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