Declaración de la renta
Según tengo entendido, la famosa fórmula polinómica del impreso del impuesto sobre la renta de las personas físicas correspondiente al ejercicio de 1985, que ahora nos corresponde a todos declarar, ha sido incluida con el fin de no gravar excesivamente las unidades familiares donde dos o más individuos aporten ingresos correspondientes al ejercicio de su profesión, es decir, de su trabajo personal.Pues bien: si esto es así, ¿por qué no podemos aplicarla? Mi mujer es profesora de EGB y trabaja en un colegio privado, y yo soy arquitecto, soportando los gastos fijos e imprevistos de un estudio propio, con la incertidumbre, además, de la continuidad del trabajo.
Y no vale el argumento mantenido de que los profesionales libres ganamos mucho y declaramos poco, pues, en nuestro caso concreto, todos nuestros ingresos son a través de los colegios de arquitectos, perfectamente controlables por Hacienda, y nuestros gastos profesionales han de estar justificados mediante la correspondiente factura, por supuesto completa, según las normas del IVA.
Ciertamente existirán casos de defraudación a la Hacienda pública. Ciertamente, como en cualquier otra profesión u oficio. Y creo que las leyes, decretos, órdenes ministeriales, etcétera, deben dictarse previendo un cumplimiento leal por parte de los individuos. Para el comportamiento desleal ya existe el Código Penal.
La ley, decreto, orden ministerial, etcétera, que se redacta con discriminación estimula su incumplimiento. En este caso, me siento discriminado y, por tanto, estimulado a defraudar a la Hacienda pública. Lo malo es que no sé cómo.-
Madrid.
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