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El Tribunal Constitucional atribuye al Estado la construcción de edificios policiales en Euskadi

El Tribunal Constitucional ha declarado, en una sentencia hecha pública ayer, que la competencia para decidir la construcción de acuartelamientos de la Guardia Civil y comisarías de la Policía Nacional en Euskadi corresponde al Estado y no a la comunidad autónoma vasca, contra lo que pretendía el Gobierno vasco, que planteó sendos conflictos. El alto tribunal resolverá hoy el recurso presentado por el Grupo Popular contra el decreto-ley que estructuró en 1982 al Gobierno socialista.

El Gobierno vasco planteó un primer conflicto positivo de competencia contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de noviembre de 1982 sobre ejecución de acuartelamientos de la Guardia Civil y Policía Nacional en Vitoria, Lemóniz, San Sebastián e Irún. Más tarde, promovió otro conflicto de igual carácter contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 14 de diciembre de 1983, sobre ejecución del proyecto de construcción de una comisaría de policía en Santurce.El Tribunal Constitucional acumuló ambos conflictos, que han sido resueltos el pasado 13 de mayo por unanimidad de todos sus miembros, si bien los magistrados Francisco Rubio Llorente y Luis Díez-Picazo suscribieron un voto particular, por disconformidad con el razonamiento por el que la mayoría del tribunal llegó al acuerdo unánime. El alto tribunal declara que la titularidad para decidir la construcción de tales edificaciones pertenece al Estado como competencia exclusiva del mismo, siempre que se den los supuestos establecidos en el artículo 180.2 de la ley del Suelo, y a la comunidad autónoma vasca en todos los demás casos.

El precepto citado establece que cuando existan razones de urgencia o excepcional interés público en las construcciones cuya licencia municipal se solicite, si el ayuntamiento afectado muestra su disconformidad con el proyecto de obra, el ministro competente, previo informe de la comisión central de urbanismo, lo elevará al Consejo de Ministros, que "decidirá si procede ejecutar el proyecto y, en este caso, ordenará la iniciación del procedimiento de modificación o revisión del planeamiento".

Desistimiento fallido

El pleno del Tribunal Constitucional tiene señalado para hoy la deliberación y votación sobre el recurso de inconstitucionalidad promovido por José María Ruiz Gallardón y 54 diputados más del Grupo Popular contra varios artículos del decreto-ley de 7 de diciembre de 1982, por el que se estructuraron los departamentos ministeriales del Gobierno socialista. El pasado 23 de abril, Ruiz Gallardón presentó un escrito de desistimiento, que no fue aceptado por el alto tribunal, que decidió proseguir el procedimiento y dictar sentencia.El pleno del Tribunal Constitucional entiende que aunque "han podido desvanecerse ahora las razones políticas o de oportunidad que motivaron en su día la interposición del recurso (...),. ello no comporta la desaparición del interés público objetivo en garantizar la primacía, de la Constitución". Por el contrario, en el auto dictado el pasado 13 de mayo, el alto tribunal señala que "las cuestiones controvertidas en este proceso constitucional, no cabe entenderlas resueltas por el transcurso del tiempo, ni es tampoco imposible su reproducción en el futuro".

Entre los artículos impugnados por el Grupo Popular figuran los que enumeran los departamentos ministeriales y configuran a los ministros, secretarios de Estado, subsecretarios y secretarios generales con rango de subsecretarios como "órganos superiores de los departamentos ministeriales".

El propio letrado del Estado mantiene en sus alegaciones la inconstitucionalidad de dos preceptos del citado decreto-ley, relativos a la situación en que quedarán los magistrados del Tribunal supremo y miembros de las carreras judicial y fiscal que se incorporen al gabinete de la presidencia del Gobierno u ocupen cargos políticos o de confianza de carácter no permanente en el Ministerio de Justicia.

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