García-Pelayo: "Algunos grupos confunden sus propios intereses con el prestigio o desprestigio del tribunal
"El poder es enemigo de la libertad y sólo puede ser detenido por otro poder" - "Hemos mantenido nuestra independencia frente a las presiones" - "Aunque no es grato utilizarlo, mi obligación ha sido emitir el voto de calidad previsto en la ley"
A tres días de su cese, el próximo 22 de febrero, García-Pelayo, en la primera entrevista que concede después de su dimisión, se muestra satisfecho del trabajo realizado durante estos seis años.
Pregunta. En julio de este año cuando estaba previsto que concluyese su mandato como presidente, su dimisión hubiera sido mejor entendida. ¿Por qué se va ahora, coincidiendo con el relevo obligado de cuatro magistrados y la dimisión de un quinto, que ha provocado la renovación de medie tribunal, con el riesgo de discontinuidad que ello produce?
Respuesta. Precisamente por renovarse cinco magistrados, casi la mitad de los 12 que lo forman, he entendido que el tribunal de nueva composición debe estar en libertad, desde el primer momento, para elegir un presidente de su confianza. Permanecer hasta el 4 de julio, aparte de afectar a mi fatiga personal (estoy a punto de cumplir los 77 años), crearía una situación de provisionalidad que estimo que podría ser disfuncional para la buena marcha del tribunal
P. Se marcha dejando sin resolver el conflicto constitucional planteado por el anterior Consejo General del Poder Judicial contra el Parlamento por la elección por las Cortes de los 12 vocales de procedencia judicial de dicho órgano. ¿No cree usted que hubiera sido conveniente que tanto este conflicto como el recurso contra la ley orgánica del Poder Judicial lo hubiera resuelto el Tribunal Constitucional con la composición existente cuando se plantearon?
R. En primer lugar, el Tribunal Constitucional es uno y permanente. Goza de continuidad institucional, por encima de los miembros que lo compongan en cada momento, siempre que estén nombrados de acuerdo con las normas constitucionales y legales. Pensar otra cosa es pensar en un órgano judicial en términos políticos Aparte de esto, las alegaciones sobre el recurso de inconstitucionalidad han terminado el 1 de febrero Asimismo, el Gobierno solicitó el 10 de octubre de 1985 la acumulación de los dos conflictos contra el Congreso y uno contra el Senado planteados por el Consejo General del Poder Judicial. El 5 de diciembre se acordó la acumulación y se iniciaron las alegaciones de las partes. Las del Gobierno se han producido el 13 de enero de 1986. Dadas estas fechas, no ha habido tiempo para estudiar estos asuntos, porque no es cierto, como se ha dicho, que la tramitación hubiera acabado en octubre.
El 'caso Rumasa'
P. Pero, dentro de sus facultades como presidente, ¿no podía haber dado prioridad a cuestiones de inconstitucionalidad de trascendencia política especial como la ley de expropiación de Rumasa?
R. Los señalamientos de fecha para debatir y resolver asuntos se hacen por decisión del pleno del tribunal. Precisamente, este pleno decidió el pasado 9 de enero no tratar por ahora esa cuestión.
P. ¿Por unanimidad?
R. Por mayoría.
P. ¿Por mayoría de cuántos?
R. Puedo decirle que por una mayoría amplia.
P. Volvamos a las demoras. ¿No podían haberse evitado retrasos exagerados en la resolución de algunos asuntos?
R. En general, se tiene en cuenta el orden de entrada de las cuestiones en el tribunal, pero esta regla sufre a veces alteraciones, debido a la complejidad de algunos asuntos o al hecho de que otros hayan llegado a la fase última de estudio y, también a la significación que para el orden constitucional en su conjunto pueden tener los mismos.
P. Teniendo en cuenta estos retrasos, y a pesar de que la Constitución no había previsto el recurso previo, ¿no estaba justificado, sin embargo, por razones de prudencia, para evitar la inmediata entrada en vigor de leyes conflictivas?
R. Cuando el tribunal abordó el recurso contra la ley que suprimía el recurso previo, sólo podía tratar el tema en términos jurídicos. Lo que no está en la Constitución, sino en una ley orgánica, puede ser modificado por otra ley orgánica. Por consiguiente, el tribunal, por unanimidad, declaró dicha reforma como constitucional. Otra cosa es si hubiera sido prudente mantener el recurso previo. No le niego que yo así lo creía y lo creo, pero por la razón antedicha no puse, ni puedo poner, ninguna objeción a la constitucionalidad de su supresión.
P. Usted dirimió con su voto de calidad la resolución de dos recursos cargados de contenido ideológico-político: los de la expropiación de Rumasa y la ley del aborto. El primero le costó las críticas de la derecha y el segundo las de la izquierda. ¿No ha resultado, personalmente, muy costosa esa batalla en dos frentes?
R. No puedo renunciar a mi voto de magistrado y, si la ley le da un valor cualitativo, tengo que cumplirla. Aunque no es grato utilizarlo, mi obligación ha sido emitirlo cuando se han dado las condiciones previstas en la ley. Contestando a su pregunta, ciertamente ha sido una batalla penosa, para hacer frente a la cual ha sido necesario un alto grado de fortaleza.
P. Se ha llegado a decir que sobre Rumasa, en alguna votación previa o de tanteo había siete magistrados contra la expropiacion, entre los que se encontraba usted, que, al cambiar su voto, convirtió la minoría en mayoría.
R. En el tribunal no suele haber votaciones de tanteo. Por lo demás, el presidente vota el último, y así lo hizo en el caso Rumasa, cuando ya había. seis magistrados que habían votado en un sentido y cinco en otro.
Montesquieu, vigente
P. A propósito de la sentencia sobre la ley. del aborto, Alfonso Guerra "certificó" la muerte de Montesquieu. ¿Cree usted vigente hoy la doctrina de la división de poderes?
R. Creo que Montesquieu, uno de los mayores genios en el campo del pensamiento político, está hoy tan vigente como Newton en el campo de la física, Adam Smith en el de la economía o Clausewitz en el de la teoría estratégica. Es decir, son válidos sus principios, pero no se puede afirmar que una doctrina formulada en 1730, si no me equivoco, pueda tener plena vigencia más de 250 años después. La teoría de Montesquieu permanece firme en el sentido de que el poder es el mayor enemigo de la libertad y, por su propia naturaleza, sólo puede ser detenido por otro poder. Montesquieu está vivo en el sentido que pueden estarlo los principios de la mecánica de Newton, los principios de Adam Smith con respecto a la economía de mercado o los de Clausewitz en relación con la estrategia, pero es obvio que se aplican hoy sobre realidades mucho más complejas, lo que exige una reformulación, en cuyos detalles no podemos detenernos aquí. Yo mismo he escrito algunos trabajos sobre la teoría de la división de poderes, mostrando la complejidad de ésta en nuestro tiempo.
P. ¿Cuáles han sido -si las ha habido- las presiones sobre el Tribunal Constitucional?
R. Todo poder público está sometido al intento de ser influido en sus decisiones. Más allá de esto, lo único que puedo decirle es que el Tribunal Constitucional ha mantenido su independencia frente a cualquier presión, sea de los actores políticos, sea de los medios de comunicación social, que a su vez son un actor más dentro del sistema político.
P. La derecha autoritaria arremete contra el prestigio del Tribunal Constitucional, unas veces por las sentencias adversas y otras por el sistema de designación o las personas de los nombrados. ¿Qué opinión le merecen estos juicios?
R. Estos juicios no responden a la realidad. Frente a ellos, puede afirmarse que ha crecido el prestigio y el crédito del tribunal, como lo demuestra el número constantemente creciente de los asuntos que se llevan a su conocimiento. Así, mientras en 1981 ingresaron 419 asunto y en 1983 entraron 889, en 1985 se elevaron a 1.227, muestra patente de que tanto los ciudadanos como los poderes públicos confían en el tribunal. Por otra parte, debo decirle que la jurisprudencia del tribunal es altamente estimada y objeto de estudio por tratadistas y universidades, no sólo españoles sino también extranjeros, así como por tribunales constitucionales de otros países, como he tenido ocasión de comprobar en Italia, cuando fui invitado por la Corte Constitucional de ese país. Por consiguiente, no creo que el prestigio haya cecrecido, aunque sí creo que hay grupos que confunden sus propios intereses con el prestigio o desprestigio del tribunal.
Resumen de seis años
P. ¿Cómo resumiría estos seis años de trabajo?
R. Han sido seis años muy importantes, que han exigido un gran esfuerzo, por tratarse del periodo de fundación de una nueva institución, inexistente hasta entonces y sin tradición apenas en nuestra historia constitucional. Refiriéndome a la tarea jurisdiccional, y hablando en términos cuantitativos, hasta finales de 1985 ingresaron un total de 4.227 asuntos -3.625 de ellos recursos de amparo- de los que han sido resueltos 3.638, esto es, el 86%. Ello arroja un volumen de solución de asuntos superior al de otros tribunales constitucionales. Cualitativamente, el tribunal ha desarrollado una tarea muy importante en lo que respecta a la precisión y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos. En general, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha contribuido notablemente a orientar la actividad de los tribunales ordinarios en el correcto cumplimiento de la Constitución. Otra importante aportación ha sido la construcción del Estado de las autonomías, a través de la resolución de conflictos de competencia, que ha concretado y precisado cuál es el ámbito de las comunidades autónomas y el de los órganos del Estado. Y, en fin, se ha disciplinado la legislación a los preceptos constitucionales, como lo exige un Estado constitucional de derecho.
P. ¿Qué va a hacer García Pelayo después del 22 de febrero?
R. Por el momento, descansar. No tengo planes a largo plazo, pero volveré a ocuparme de los temas a los que siempre me he dedicado y, por lo pronto, ultimaré la aparición de mi próximo libro: El Estado de partidos.
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