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El Ministerio de Sanidad quiere prohibir la publicidad de tabaco y alcohol en el deporte

El Ministerio de Sanidad elabora un anteproyecto de ley para prohibir cualquier publicidad de tabaco y alcohol en los espectáculos deportivos, según una fuente oficial. La nueva normativa puede entrar en vigor el próximo año. Tabacalera y el Ministerio de Agricultura defienden ante Sanidad los intereses de los sectores afectados, pero restricciones publicitarias de este tipo son comunes en los países de la CEE. Por otra parte, la legislación vigente en España prohíbe la utilización de la persona como soporte de la publicidad. fa colocación de anuncios en las camisetas vulnera sistemáticamente este decreto.

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Muchos intereses perjudicados

La normativa sobre la publicidad de tabacos en el deporte pretende ser -según una fuente oficial del Ministerio de Sanidad- una medida más para disminuir su consumo, porque "la promoción del tabaco, en su faceta publicitaria, no es recomendable". Sanidad ha presentado un borrador a Tabacalera Española y a otros organismos de la Administración para entablar un diálogo inmediato y valorar las repercusiones que tendría en el sector, antes de la publicación de las normas el próximo mes de enero.Respecto a la prohibición anunciar bebidas alcohólicas "para impedir su consumo excesivo", el ministerio dialogará con el Ministerio de Agricultura. El comienzo de la restricción publicitaria ha quedado situado en principio en el primer semestre del próximo año.

Según el citado portavoz, aún no está decidido si el texto tendrá rango de ley, en cuyo caso debería ser debatido en el Congreso de los Diputados, lo que retrasaría su entrada en vigor; o rango de decreto-ley, lo que permitiría una aplicación mucho más rápida.

Tanto en el caso de los tabacos como en el de los alcoholes, las normas establecerán un calendario para ir erradicando de, forma progresiva su publicidad en el deporte. El anteproyecto plantea la erradicación de la publicidad de estos productos tanto en las camisetas de los deportistas como en las vallas de los campos de juego (publicidad estática).

Según el Ministerio de Sanidad, "con esta normativa se atiende a la demanda social que solicita la adopción de medidas contra sustancias no beneficiosas para la salud. Se trata simplemente de que España se adapte a las medidas que hace tiempo están en vigor en Europa, porque lo que se ve aquí no se ve en ningún otro sitio. Una cosa es que los pilotos de Fórmula 1 lleven publicidad y otra que en las canchas españolas hasta los árbitros sean subvencionados por marcas de tabaco como viene ocurriendo en España".

Ejemplos europeos

Carlos Lema Devesa, jurista, profesor de la sección de publicidad en la universidad Complutense y asesor de la comisión de la CEE en materia de derecho de la publicidad, ha sido uno de los redactores del anteproyecto de esta nueva normativa sobre la publicidad.Lema Devesa asegura que en todos los países de la CEE, "menos en Luxemburgo, que no tiene normativa, y Grecia, que tiene restricciones parciales, la publicidad del tabaco está prohibida en radio y televisión, y, por supuesto, en acontecimientos deportivos o en los que intervengan deportistas. Los anuncios de bebidas alcohólicas no se permiten en Francia a partir de determinado grado".

La razón por la que este tipo de publicidad se prohibirá en el deporte se debe, según Lema Devesa, "a que era necesario limitar los testimonios de los deportistas que inducen a los consumidores a pensar que los riesgos del tabaco y alcohol son desdeñables. Los niños, que cada día siguen más de cerca el deporte, acaban identificándose con determinadas marcas cuyo consumo puede acabar produciendo, alcoholismo o cáncer de pulmón".

Lema Devesa recuerda el informe de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) según el cuál los anuncios de tabaco y alcohol no deberían realizarlos personas que, como las celebridades del deporte, pudieran ser fácilmente identificables por los niños. Y recuerda igualmente la severidad holandesa cuando la Comisión del Código de la Publicidad prohibió en 1979 dos anuncios que hizo el futbolista Johan Cruyff sobre tabaco bajo en nicotina. "El derecho a la libre utilización de la propia imagen no debe prevalecer", según Lema Devesa, "sobre el derecho a garantizar el mantenimiento de la salud pública".

Sobre la publicidad en las personas físicas, Lema Devesa advierte que hay un decreto en vigor desde 1967, que regula, en su artículo 10, la publicidad exterior. "Ésta prohíbe que la persona sea soporte publicitario. Si no se cumple es porque hay leyes que nadie se ocupa de llevar a los tribunales. El tema escapa a la Administración, que es la que debiera vigilar el cumplimiento de la ley, porque tiene diluidas sus competencias, y también del fiscal general, porque su incumplimiento no se contempla como delito. Pero bastaría cualquier denuncia para que el juez atendiera la demanda".

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