Un juez ordena la devolución de un coche retirado por la grúa sin tener que abonar las multas de la ORA pendientes
El titular del Juzgado de Instrucción numero 27 de Madrid, Carlos Bueren, ordenó ayer la entrega sin gastos de un vehículo retirado por la grúa y precintado por tener pendientes multas de la ORA por valor de 191.400 pesetas. La orden se produjo a raíz de una denuncia de la propietaria, María del Pilar Aguado, en la comisaría de Tetuán, minutos después de que la grúa retirara su automóvil, un Talbot 150 GT, matrícula M-2424-DP, que estaba aparcado en una zona reservada a descarga de mercancías. El primer teniente de alcalde, Juan Barranco, se confesó "perplejo" por la resolución judicial.
El juez explicó que ha dictado la orden porque no está suficientemente acreditado que la orden de embargo se haya comunicado, con los requisitos legales necesarios, al propietario del vehículo, y porque quiere conocer si todas y cada una de las multas pendientes de pago han sido tramitadas y comunicadas con las garantías legales. En tanto el Ayuntamiento prueba estos extremos, "es necesario restablecer el orden jurídico y devolver el vehículo".El vehículo fue reintegrado a su propietaria en la tarde de ayer, al cabo de varias horas de negociaciones con los miembros de la Policía Municipal y con los empleados de la agencia ejecutiva de cobro de multas, y después de que el primer teniente de alcalde, Juan Barranco, diera personalmente instrucciones para que se acatara la orden judicial.
Según explicó María del Pilar Aguado, "cuando se llevaron el coche, el pasado 18 de octubre, me dirigí al depósito de la grúa situado en la calle de Alfonso XIII y solicité retirarlo. El empleado se limitó a decirme que como no pagara antes las 191.400 pesetas que debía en multas de la ORA (ordenanza municipal que limita el aparcamiento en una amplia zona en torno al centro de la ciudad y establece el pago de una tasa) no podría llevarme el coche. Pensé que el hecho de retener mi automóvil era ilegal y decidí presentar una denuncia en comisaría ese mismo día".
Días después María del Pilar Aguado, que reconoce que no le parece aceptable pagar una tasa por aparcar en la vía pública, recibió una citación judicial. Ayer recogió una orden en la que se indica que en las diligencias que se instruyen en el juzgado, se había acordado ordenar la entrega del vehículo a su propietaria sin gasto alguno.
Aguado, con la orden en la mano, se dirigió al depósito de la calle de Alfonso XIII. Allí, tras numerosas llamadas telefónicas, idas y venidas, se negaron a ejecutar la orden y argumentaron defectos formales en el escrito judicial. De nuevo en el juzgado, el magistrado telefoneó al depósito y habló con un oficial de la Policía Municipal.
Después de nuevas negativas en el depósito de Alfonso XIII, una suboficial de la Policía Municipal comunicó la orden tajante de que se entregara el vehículo, tras recibir instrucciones del primer teniente de alcalde, Juan Barranco. Al cabo de seis horas de polémica, María Pilar Aguado pudo irse al volante de su automóvil.
"Tengo que reconocer mi perplejidad", declaró Barranco. "Cuando me han informado de lo que ocurría he ordenado que se acatara la resolución del juez, pero como Administración Pública no entiendo las razones. Nos limitamos a cumplir las leyes. Ya he dado instrucciones para que el caso sea estudiado por nuestros servicios jurídicos".
Una medida dudosa y polémica
La Ordenanza de Regulación de Aparcamiento, cuya aplicación es la causa de la mayor parte de las multas que impone el Ayuntamiento de Madrid y del embargo de muchos automóviles retirados por la grúa, se encuentra en vigor desde septiembre de 1980. La ordenanza limita a 90 minutos el plazo máximo de aparcamiento diurno en amplias zonas de Madrid y obliga al pago de una tasa (25 pesetas cada media hora), que debe acreditarse mediante la exhibición de una tarjeta de venta en estancos.La ordenanza es polémica y existen dudas sobre si su cobertura legal resulta suficiente. El pasado mes de julio, el Tribunal Supremo confirmó una sentencia de la Audiencia Provincial. en la que se anulaba una multa impuesta por no exhibir la tarjeta de pago y se afirmaba que no se puede cobrar por dejar el vehículo en la vía pública.
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