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La Generalitat recurrió la resolución sobre inversiones extranjeras de Comercio el último día de plazo

Andreu Missé

Los servicios jurídicos de la Generalitat de Cataluña presentaron el pasado 2 de septiembre, en el último día de plazo, un recurso de reposición ante la Secretaría de Estado de Comercio contra la resolución dictada por este organismo, el pasado 31 de julio, por la que se facilitaban los trámites para la inversiones extranjeras en la Bolsa de Madrid. El Gobierno autonómico retrasó al máximo la presentación del recurso confiando en que la Administración zanjase antes el litigio planteado.La mencionada resolución autorizó a la Junta Sindical de la Bolsa Oficial de Comercio de Madrid para ser depositaria de los títulos admitidos a cotización oficial que sean objeto de inversión extranjera en España. Ello supone una importante simplificación de trámites respecto al régimen anterior, vigente para el resto de bolsas, que exige el depósito en entidades bancarias de los títulos adquiridos por extranjeros, lo que complica la realización de las inversiones, realizadas desde el exterior.

El recurso presentado por la Generalitat se suma a los presentados por las Juntas Sindicales de las Bolsas de Bilbao y Barcelona, en la penúltima semana de agosto. Todos los recurrentes consideran que facilitar los trámites de inversiones extranjeras a través de la Bolsa de Madrid, que en los siete priemeros meses de este año canalizó compras por un valor superior a los 30.000 millones de pesetas, equivale a privar de estas operaciones al resto de bolsas. Aunque es indudable el papel destacadamente predominante de la Bolsa de Madrid en este tipo de operaciones, no se puede minusvalorar las contrataciones efectuadas a través de otros mercados. En este sentido cabe destacar que en una sola operación de títulos de Telefónica, Barcelona captó más de 4.000 millones de pesetas del exterior a prMileros de año.

Principio constitucional

La Generalitat considera que la resolución de Comercio no respeta el principio constitucional de igualdad y que no ha sido elaborada por el órgano adecuado. En este último aspecto señala que la legislación anterior sobre el tema había sido elaborada por la Dirección Genreral de Transacciones Exteriores, mientras que en este caso ha sido la Secretaría de Comercio la que ha legislado. Los juristas de la Generalitat se apoyanen el artículo 30 de la ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado que establece que las normas sobre cuestiones particulares no pueda vulnerar a otras de tipo general aunque sean aprobadas por un organismo de rango superior.La Administración ha mantenido contactos con las Juntas Sindicales de las cuatro bolsas para resolver el asunto rápidamente. Al parecer, los técnicos de la Secretaría de Comercio estudian la posibilidad de promulgar una nueva resolución, en la que se concedería las mismas competencias y facultades para ser depositarias de títulos adquiridos por extranjeros a todas las bolsas, con independencia del uso que puedan hacer cada una de ellas. Los contactos mantenidos han sido fluidos y parece que la Administración no exigirá la retirada previa de los recursos planteados para conceder las mismas competencias, tal y como en principio había trascendido.

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