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El Defensor del Pueblo recomienda aclarar el concepto de vigilancia en la ORA

Maite Nieto

El defensor del pueblo, Joaquín Ruiz-Giménez, ha remitido al Ayuntamiento de Madrid un informe sobre la Ordenanza de Regulación del Aparcamiento (ORA) en el que recomienda precisar el concepto de vigilancia que contiene la normativa, para evitar posibles ambigüedades. El informe, según fuentes municipales, reconoce que las corporaciones municipales están legitimadas, para establecer este tipo de ordenanza y confirma la vigencia de la ORA.

El concejal de Circulación y Transportes, Valentín Medel, manifestó que "el informe del Defensor del Pueblo reconoce que los ayuntamientos están legitimados para establecer este tipo de ordenanzas y hace referencia a la eficacia que ha demostrado en la circulación de vehículos en Madrid la aplicación de la ORA". Sin embargo, el informe también especifica que es conveniente que se precise el concepto de vigilancia implícito en la ordenanza, para evitar posibles interpretaciones contradictorias."La ordenanza", añadió Medel, "está vigente, según el Defensor del Pueblo, y por tanto es de obligado cumplimiento". Ruiz-Giménez, según consta en dicho informe, se ha dirigido a la Administración central para que dicte una normativa clara al respecto para evitar que pueda ser interpretada de maneras diferentes. El alcalde de Madrid, Enrique Tierno, también dirigió el pasado día 6 de julio una carta al ministro de Economía y Hacienda, Carlos Solchaga, en el mismo sentido.

En concreto, la petición se refiere al decreto ley del 30 de diciembre de 1976, que en el artículo 86.2 establece que el impuesto de circulación sustituirá a cualquier otro arbitrio o tasa sobre el rodaje en la vía pública, aunque exceptúa el establecimiento de servicios de aparcamiento vigilado.

Valentín Medel manifestó que "el informe del defensor del pueblo viene a coincidir con la interpretación que ha defendido el Ayuntamiento".

El informe remitido por Joaquín Ruiz-Giménez al alcalde, Enrique Tierno, es el resultado del estudio realizado por los servicios jurídicos de la oficina del Defensor del Pueblo a raíz del auto del Tribunal Supremo del pasado 27 de junio. El auto ratificó una sentencia favorable de la Audiencia Territorial de Madrid a la demanda presentada por el abogado Eduardo Rodríguez contra el Ayuntamiento por una multa de 500 pesetas que le había sido impuesta por no poner la tarjeta horaria que acredita el pago de la tasa de aparcamiento en la zona de la ciudad afectada por la ORA.

La sentencia de la Audiencia Territorial se basó en que los empleados municipales encargados de controlar el pago de la tasa de la ORA no realizan en la práctica labores de vigilancia de los vehículos.

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Un portavoz de la oficina del Defensor del Pueblo manifestó que no harían público el informe en atención a la persona a la que iba dirigido. Responsables del Ayuntamiento de Madrid manifestaron conocer el contenido del mismo, pero aseguraron que no podían facilitarlo porque todavía no lo habían recibido.

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Sobre la firma

Maite Nieto
Redactora que cubre información en la sección de Sociedad. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local de Madrid, subjefa en 'El País Semanal' y en la sección de Gente y Estilo donde formó parte del equipo de columnistas. Es licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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