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El nuevo tratado de extradición con el Reino Unido incluye los delitos de terrorismo

El tratado de extradición que firmarán el lunes en Londres los Gobiernos de España y del Reino Unido incluirá los actos terroristas como delitos que pueden propiciar la entrega de un detenido al otro país. A la firma de este tratado asistirán el ministro de Justicia, Fernando Ledesma, su homólogo británico, Leon Brittan, y el embajador español en Londres, José Joaquín Puig de la Bellacasa. Este convenio entrará en vigor a principios del próximo año, una vez sea ratificado por los Parlamentos de los dos países.Los delitos de terrorismo y genocidio, dijo Ledesma, han sido excluidos del concepto de delito político "ya que ambos países son perfectamente conscientes de que la lucha con el terrorismo es más eficaz cuanto mayor sea la cooperación jurídica".

Los supuestos para los que no se concederá la extradición son los de características políticas o militares, siempre y cuando no sean de naturaleza común.

El tratado no goza de efecto retroactivo; es decir, las extradiciones se harán efectivas para los individuos británicos que entren en España a partir de la fecha de ratificación del Tratado, aunque sí será efectivo para con los hechos delictivos cometidos con anterioridad a esta fecha.

Respecto a los ciudadanos británicos perseguidos por la justicia de su país que residen ya en España, Fernando Ledesma afirmó ayer durante una conferencia de prensa que, aunque no se les puede aplicar el nuevo tratado de extradición hasta que salgan y vuelvan a entrar, "de la ley se deducirán los mecanismos necesarios para que ningún delincuente británico pueda sustraerse a la justicia de su país".

Ledesma recordó que la Ley de Extranjería, que entrará en vigor a partir del día 23 de este mes, se ocupa de los supuestos en los que un extranjero puede ser expulsado de España, y servirá de control para los extranjeros que se encuentren en situación ilegal.

El Ministro de Justicia subrayó el capítulo de esta ley que se ocupa de las personas no españolas implicadas en actividades contrarias al orden público o a la seguridad interior o exterior del Estado. Los dos países han convenido en la necesidad de aportar una "prueba suficiente" cuando se solicite la extradición de una persona acusada pero no juzgada.

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Por otra parte, se ha acordado que la petición de detención preventiva pueda realizarse por vía postal, telegráfica, por vía diplomática o mediante la Interpol. El Tratado que se firmará el lunes supone un avance en la política de extradición entre ambos países (el último convenio databa de 1878). El acuerdo que se firmará el lunes introduce el concepto de doble incriminación; esto es, la exigencia de que los delitos estén perseguidos por la legislación de las dos partes.

El tratado vigente desde hace 100 años entre España y el Reino Unido, según Ledesma, "tuvo siempre una desequilibrada aplicación, ya que mientras la peticiones de extradición formuladas por el Reino Unido eran atendidas por España, no ocurría lo mismo con las peticiones de extradición formuladas por España".

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