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La sedición será juzgada por tribunales ordinarios, según el nuevo Código Militar

Los delitos de traición, espionaje militar y sedición serán juzgados por la jurisdicción ordinaria y no por tribunales militares.

Ésta es una de las novedades de la ley orgánica que modifica el Código Penal en relación con el Código Penal Militar, aprobada ayer en la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados, y que se tramita junto con la ley orgánica del nuevo Código Penal Militar. La nueva ley entrará en vigor el 1 de septiembre de este año.

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