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El proyecto de ley de ordenación del transporte entrará en junio en el Parlamento

Las personas que presten servicio público o privado de transporte por carretera deberán suscribir un documento denominado declaración de porte, cuya finalidad será el control administrativo de la prestación del servicio, según se contiene en el artículo 158 del proyecto de ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, elaborado por el Ministerio correspondiente. Esta declaración, que deberá exhibirse a los servicios de inspección y a las fuerzas de vigilancia en carretera cuando lo soliciten, puede convertirse en una medida revolucionaria para el control del impuesto sobre el valor añadido (IVA), el conocimiento de los movimientos comerciales entre las distintas zonas del país o la detección de las economías sumergidas.

El texto del proyecto de ley, presentado ayer a los medios informativos por Manuel Panadero López, director general de Transportes Terrestres, ha sido distribuido ya a los organismos oficiales afectados y será examinado por la comisión de subsecretarios en dos o tres semanas, pudiendo entrar en el Parlamento, en el mejor de los casos, a finales del próximo mes de junio.

El nuevo proyecto de ley, cuyo primer borrador data de agosto del pasado año, supone una ruptura radical con el modelo de transporte actualmente vigente, cuya normativa básica data nada menos que de 1947, para el transporte por carretera, y de 1877, para el ferroviario. Es una ley presidida por un esfuerzo sintetizador y liberalizador, que pretende acabar con la maraña legislativa actualmente existente en el transporte.

Autonomía para las empresas

Las comunidades autónomas desarrollarán la normativa específica que se acomode a sus peculiaridades, dentro del marco general de la ley. "Este proyecto supone un cambio fundamental, al poner su confianza en la capacidad de gestión empresarial, dotando a la empresa de transportes del mayor grado de autonomía posible, en lugar de limitarla mediante controles burocráticos, como pretendía la de 1947", ha señalado Manuel Panadero, "haciendo más competitivo el sistema y permitiendo una mayor rentabilidad de los vehículos". El texto establece una distinción fundamental entre mercancías y viajeros, con regímenes distintos para cada una de ellas.Se prevé que la ley pueda establecer reglas para compensar los servicios públicos que la Administración obligue a asumir a las empresas y sobre la cobertura de los riesgos mediante la suscripción de los seguros correspondientes. En viajeros, el proyecto mantiene el régimen discrecional, aunque reduciendo drásticamente los plazos de la concesión, que actualmente pueden llegar hasta los 99 años, al tiempo que da marco legal al transporte turístico y al urbano.

Las empresas que lleven a cabo servicios regulares podrán realizar otros de carácter discrecional, lo que les permitirá dimensionar su parque de vehículos en función de la demanda real. El proyecto establece una tasa de infraestructura, destinada fundamentalmente a que los vehículos pesados paguen el coste que generan de mantenimiento de la infraestructura viaria.

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