La ley consagra la opacidad fiscal de los pagarés del Tesoro
La ley de Activos Financieros deja sin retención a cuenta de impuestos a los pagarés del Tesoro, mientras que el resto de activos sufrirán una retención del 18% sobre los intereses devengados. La ley abre la posibilidad de que existan algunos activos, a autorizar por el Ministerio de Economía, en los que está garantizada la opacidad fiscal de los mismos, pero que tendrán una retención igual al máximo de la escala del impuesto sobre la renta.Hasta ahora, toda una serie de activos financieros -pagarés bancarios, cédulas hipotecarias, pagarés del Tesoro...- estaban exentos de retención, y de hecho, hasta que no entre en vigor la ley, lo siguen estando.
La opinión entre los expertos financieros es que los ahorradores privados, empujados en algunos casos por las propias instituciones financieras, que prefieren perder depósitos a perder clientes, han ido desviando sus ahorros estables de las formas típicas de colocación hacias otros activos para cubrirse, al menos durante 1985 y una parte de 1986, de las posibles investigaciones fiscales.
Ello explicaría el crecimiento desmesurado de activos financieros bancarios durante los primeros meses del año y el importante nivel de contratación que tienen en la actualidad los pagarés de empresa sin aval bancario.
A partir de la entrada en vigor de la ley todos los activos, salvo los pagarés del Tesoro, tendrán una retención fiscal. Si lo que se ha venido buscando ha sido una opacidad fiscal, los fondos se desviarán hacia los pagarés del Tesoro y dejará de crecer el resto de activos, al menos en las cantidades de ahora. Si, por el contrario, las grandes empresas mantienen altas tasas de crecimiento de sus pagarés sin aval bancario, ello indicará que se ha dado un paso más en el proceso de desintermediación entre el ahorrador y quien necesita los fondos.
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