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El capital y las reservas de bancos y cajas son inferiores a lo exigido en el nuevo coeficiente de garantía

El Banco de España y la Asociación Española de Banca Privada (AEB) continúan sus conversaciones para llegar a un acuerdo sobre el reglamento que regirá el coeficiente de recursos propios de las entidades financieras, una vez que entre en vigor la ley que se discute en el Parlamento. Aunque el Banco de España ha flexibilizado, su postura inicial, reflejada en el borrador que repartió a las entidades financieras, lo cierto es que los números que salen de los supuestos realizados siguen siendo demasiado elevados como para que los bancos puedan cubrirlos en el plazo de adaptación previsto.

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MadridFaltan recursos propios -capital y reservas- en cantidades importantes y sobran riesgos elevados en la mayor parte de los bancos y en la casi totalidad de las cajas de ahorro. Y lo peor del caso es que la reciente crisis de las cajas de ahorro de Estados Unidos no va a hacer otra cosa que reforzar el intento de saneamiento de las entidades españolas por temor a nuevas y no previstas dificultades en algunas instituciones financieras nacionales o extranjeras.Inicialmente el borrador del reglamento del coeficiente de recursos propios establecía un límite global de riesgos señalando que los recursos propios no podrían ser inferiores al 4,5% de la suma de todos los conceptos del activo del balance confidencial de bancos y cajas de ahorro. Este porcentaje equivalía al actual 8% sobre el volumen de pasivo exigible que establece el todavía en vigor coeficiente de garantía.

Pero al tiempo el borrador introducía un límite selectivo en función de cada uno de los riesgos en que tienen colocado su activo las entidades financieras. Este límite selectivo establecía que los inmuebles de las entidades, así como las participaciones en empresas del grupo, bancarias y no bancarias, tenían que corresponderse con aportaciones crecientes de los recursos propios hasta llegar al ciento por ciento de la participación en muchos casos.

Modificaciones importantes

Al tiempo explicitaba un porcentaje determinado sobre recursos propios para cada uno de los riesgos en que puede incurrir la actividad bancaria, incluidos aquellos que se pueden considerar como prácticamente inexistentes, como puede ser el efectivo, los depósitos en el Banco de España o la tenencia de pagarés del Tesoro en las carteras de las entidades por tener que cubrir algún coeficiente o por decisión voluntaria, como ocurre en la actualidad, en que bancos y cajas tienen más pagarés de lo que están obligados.Algunos banqueros criticaron este punto concreto por estimar que el riesgo del sector público, y en concreto del Tesoro, no pueden tener riesgo de no recuperar esa inversión. A ello, desde el Banco de España, se contesta que si bien es cierto que el riesgo de no cobrar los intereses o la devolución del principal no existe por definición, sí hay problemas de riesgo de intereses (que la retribución de esos activos caiga de forma importante y rápida como de hecho ha ocurrido) que podría poner en dificultades la rentabilidad de algunas instituciones, y que no es preciso perderse mucho en el pasaso para comprobar la veracidad de esta afirmación.

Las conversaciones que han tenido el presidente de la AEB, Rafael Termes, y el Banco de España sobre el reglamento ha dado sus frutos en cuanto que existe un cierto acuerdo en reducir algunas de las exigencias, justificadas por otra parte, de cobertura de riesgos.

En este sentido se señala que se puede reducir algo el límite general, previsto en el 4,5%, y que podría bajar hasta el 4%. En todo caso hay que tener en cuenta que en Estados Unidos existe una tendencia a elevarlo hasta el 6% y que, si no se modifican las condiciones financieras generales, ese porcentaje o uno parecido tenderá a instalarse también en España, aunque sea en un plazo más largo. También parece que hay acuerdo en ampliar el plazo de adaptación de la situación actual a la nueva por encima de los cuatro años previstos inicialmente.

Los riesgos de los bancos y cajas de ahorro con empresas, fueran del grupo o no, que se iban a calcular de forma individual por cada entidad financiera lo serán por el conjunto del grupo financiador; es decir, el banco matriz y sus filiales. Esto supone un respiro para algunos grupos bancarios, a los que no les crecerá su necesidad de cobertura de riesgos, al ampliar la base sobre la que calcular los riesgos individuales. Pero hay otros grupos a los que puede perjudicar esta decisión, bien porque varios bancos de los mismos hayan prestado a las mismas empresas, con lo que también verán crecer su riesgo al tiempo que lo haga el total de sus recursos propios.

Concentrar operaciones

De hecho, en los últimos meses, y ante el exceso de liquidez que han conocido las instituciones financieras, han tenido lugar operaciones, a pesar que en el borrador se establece claramente que se les "aplicarán las reglas generales sobre los recursos propios radicados en España, si bien no se aplicarán los recargos por zoncentración de riesgos".El grupo de bancos extranjeros pertenecientes a la AEB mantiene reuniones por separado del conjunto de la banca privada para tratar de encontrar una solución. Cerca de una veintena de esas instituciones quedará claramente por debajo de las exigencias legales una vez entre en vigor el reglamento sobre recursos propios.

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