Un bibliófilo ex canónigo de Cuenca, condenado por hurto de libros
CuencaEl ex canónigo archivero de la catedral de Cuenca Clementino Sanz y Díaz ha sido condenado a la pena de cuatro meses y un día de arresto mayor, por un delito de hurto continuado, con la circunstancia agravante de abuso de confianza, según sentencia de la Audiencia Provincial de Cuenca.
El fallo del tribunal declara probado que el ex canónigo, aprovechándose de su condición de bibliotecario profesor del Seminario en distintas épocas, se llevó con intención de hacerlos suyos "una buena parte de sus fondos, constituidos por libros y manuscritos de extraordinario valor histórico, entre los que no faltaban algunos incunables". Este material le fue ocupado posteriormente en distintas viviendas de su propiedad, concretamente "708 volúmenes impresos y 37 manuscritos, algunos de ellos manipulados en los signos de identificación de su propietario".
La sustraccion de libros y documentos ocurrió en un espacio de tiempo indeterminado, entre 1968 y 1980, período en el que Clementino Sanz y Díaz trasladó una importante cantidad de libros y manuscritos desde el seminario hasta varias viviendas de su propiedad.
En cuanto a la valoración económica de lo apropiado, el tribunal no llega a hacer una estimación concreta, y razona en su sentencia que en objetos tan especiales es muy relativa. Añade que las cifras de los informes periciales no tienen justificación adecuada. La sentencia se refiere a tres libros antiguos, cuyo origen no ha podido acreditar, que el acusado vendió a la Biblioteca Nacional por 400.000 pesetas afirmando que los había adquirido en 5.000 pesetas en el Rastro de Madrid.
Ante las dificultades para valorar económicamente la sustracción, estima la sentencia, "no cabe la menor duda" de que los libros apropiados tienen un gran valor histórico. Por este mismo asunto, el canónigo Clementino Sanz y Díaz ha estado sujeto a proceso eclesiástico.
La justicia eclesiástica en primera instancia -Cuenca- encontró también culpable al canónigo, y le fue impuesta una condena de ocho días de ejercicios espirítuales.
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