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COMUNIDAD VALENCIANA

La Audiencia anula el impuesto de radicación cobrado en Valencia en 1979 y 1980

Una sentencia dictada el 19 de febrero por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Provincial de Valencia declara "contraria a derecho" la regulación del impuesto municipal de radicación cobrado durante 1979 y el primer trimestre de 1980 por el Ayuntamiento de Valencia a todos los comercios y profesionales establecidos en la ciudad. La corporación puede ahora recurrir ante el Supremo.

Este impuesto fue reformado en abril de 1980. La modificación evitó las supuestas irregularidades expuestas en este caso. La sentencia es válida sólo para el empresario que presentó el recurso, pero abre una vía para que los demás puedan plantearlo igualmente.La regulación del tributo fue recurrida repetidas veces, con el apoyo de la Federación de Empresarios de Hostelería, ante el Tribunal Económico-Administrativo, que rechazaba los recursos presentados; y apelada finalmente ante la Audiencia Provincial, que ha dado la razón a los demandantes declarando nula la liquidación del tributo.

En los distintos considerandos incluidos en la sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo aprecia un defecto formal en la Ordenanza del Impuesto Municipal de Radicación, que grava las. actividades comerciales y profesionales realizadas en el núcleo urbano. El callejero o viario utilizado por el Ayuntamiento para clasificar la comercialidad de las zonas de la ciudad -señala la sentencia presentaba defectos, y no estaba realizado específicamente para esta función sino para aplicar las tasas de basura. La Audiencia valenciana recoge los requisitos legales que debe cumplir una ordenanza de estas características, entre las que figura un viario que refleje exactamente la categoría comercial de las calles. El impuesto recurrido fijaba ocho categorías para la tributación: en la más baja, los comerciantes debían pagar al año 35 pesetas por metro cuadrado; y en la más alta, 581 pesetas por metro cuadrado.

Las consecuencias económicas de la resolución pueden revestir también una importancia decisiva para el Ayuntamiento, en el caso de que todos los comerciantes y profesionales afectados emprendan acciones legales para conseguir la devolución de las liquidaciones, que pueden suponer, según fuentes empresariales, cantidades de varios cientos de millones de pesetas. El Ayuntamiento no facilitó ayer datos al respecto.

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