El actor Albert Boadella, condenado a seis meses de arresto
La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Territorial de Barcelona condenó ayer al actor Albert Boadella a seis meses y un día de arresto por un delito de quebrantamiento de condena. El delito fue cometido el 22 de marzo de 1978 al huir Boadella del hospital Clínico de Barcelona, donde se encontraba detenido preventivamente por orden de la autoridad militar.Días antes de que se dictara esta sentencia el actor había presentado un escrito conformándose con la petición de un año de prisión solicitada por el ministerio fiscal, eludiendo con esta conformidad la celebración de la vista oral. Albert Boadella no deberá cumplir este periodo de prisión que se le ha impuesto, por carecer de antecedentes y por que ya cumplió este periodo de cárcel durante el tiempon en que estuvo en prisión preventiva.
En la misma sentencia dictada contra Boadella se le exculpa del delito de injurias supuestamente cometido contra el Ejército con la representación de la polémica obra teatral La Torna. La sentencia asegura que Boadella no cometió delito alguno de injurias con la representación de esta obra. Añade que si existiera este delito ya habría prescrito.
La resolución judicial reconoce, sin embargo, que en esta obra teatral sí hubo un "propósito de menosprecio y vilipendio al Ejército", cuando se representó en "tono jocoso la actuación de sus componentes -guardias civiles- que llegan a embriagarse en escena después de haber cornido".
Albert Boadella se fugó del centro clínico pocos días antes de que cuatro miembros del grupo teatral Els Joglars comparecieran ante un Consejo de Guerra, acusados de un delito de injurias a la autoridad militar cometido con la representación teatral de La Torna. En la vista castrense el fiscal solicitó para cada uno de los acusados cuatro años de prisión. El tribunal impuso a los acusados penas de dos años de cárcel, y procedió a abrir dos causas separadas contra los huidos, Ferran Rañé y Albert Boadella.
La posterior modificación del Código de Justicia Militar y del Código Penal llevó ambas causas, las de Rañé y Boadella, a la jurisdicción civil, siendo la Sección Segunda de lo Penal la encargada de examinar ambos casos.
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