La ley del Poder Judicial dará derecho a indemnización por errores de los tribunales
La declaración de error judicial por parte del Tribunal Supremo y el anormal funcionamiento de la Administración de justicia supondrán para el ciudadano el derecho a la percepción de indemnizaciones, según acordaron ayer los ponentes de la ley orgánica del Poder Judicial. Todos los grupos representados en la ponencia que informa la ley orgánica del Poder Judicial llegaron a un acuerdo y concluyeron el articulado relativo a los supuestos de reclamación económica por derechos conculcados.
Cuando se produzca un error judicial -a modo de ejemplo se recordó el famoso crimen de Cuenca-, es decir, cuando se produzca una condena por un delito no cometido, el ciudadano podrá acudir a la sala correspondiente del Tribunal Supremo. Si éste confirma el error judicial, el perjudicado podrá acudir al Ministerio de Justicia en demanda de una indemnización. En el caso de que se produjera una negativa ministerial, el recurrente podría acogerse a la vía de lo contencioso-administrativo.Ante los casos de anormal funcionamiento de la justicia -retrasos indebidos, por ejemplo- el perjudicado podrá recurrir directamente al Ministerio de Justicia en demanda de indemnización. Para estos casos han quedado fijados procedimientos y plazos de prescripción de la acción, y se ha considerado la necesidad de que en los citados supuestos sean parte el ministerio fiscal y el abogado del Estado.
El tema polémico del día estuvo centrado en el acceso a la carrera judicial. Ante las posturas encontradas de socialistas y conservadores, se produjo la mediación de Josep Maria Trias de Bes, de Minoría Catalana, a fin de que sean estudiadas fórmulas de aproximación.
Dependencia directa
El proyecto establece la dependencia directa del Centro de Estudios Judiciales del Ministerio de Justicia, y el Grupo Popular estima que debe estar bajo la tutela del Consejo del Poder Judicial. Ésta es una de las cuestiones que ha llevado a afirmar al ponente conservador José María Ruiz Gallardón que los socialistas desean "el adelgazamiento del poder judicial".Según expuso Trias de Bes, el acceso a la carrera judicial no es un hecho aislado en sí, sino que debe estar en correlación con otras cuestiones de índole básica, como la composición del Consejo del Poder Judicial, la dependencia del Centro de Estudios Judiciales, el tipo de concurso u oposición que habilite para el acceso al centro, la formación de los tribunales y el poder de designación del director. Una de las fórmulas propuestas trataría de mantener la oposición -sin determinar qué tipo de exámenes-, permanecer algunos cursos en el Centro de Estudios Judiciales y posteriormente realizar unos años de práctica antes de alcanzar la condición de juez.
El acceso por la llamada vía del cuarto turno sería una fórmula enriquecedora para la carrera judicial, según manifestó Trias de Bes, pero los ponentes no llegaron a un acuerdo sobre el método a seguir con los "juristas de reconocido prestigio". Los partidos de oposición estiman que deben proporcionarse garantías suficientes para que no sea una vía de ingreso destinada al amiguismo. La fórmula de aproximación respecto al Centro de Estudios Judiciales podría encontrarse sobre la base de que presupuestariamente dependiera del Ministerio de Justicia y funcionalmente del Consejo del Poder Judicial.
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