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La Audiencia Nacional puso en libertad a casi un tercio de los detenidos en 1984 acusados de terrorismo

Los cuerpos de seguridad del Estado aplicaron la ley antiterrorista y pusieron a disposición de la Audiencia Nacional a un total de 460 personas durante el año 1984. Los juzgados centrales de instrucción, dependientes de este órgano judicial, decretaron la prisión de 319 de ellas (un 69% del total) y ordenaron la inmediata puesta en libertad de los 141 detenidos restantes (un 31%). Según los datos que constan en la Audiencia Nacional, el nivel de acierto en la aplicación de la ley antiterrorista fue superior por parte del Cuerpo Superior de Policía que por la Guardia Civil. Ambos cuerpos mejoraron respecto a 1983.

De acuerdo con dichos datos, de las 460 personas a las que se les aplicó en 1984 la ley Antiterrorista y posteriormente fueron puestos a disposición de la Audiencia Nacional, 299 lo fueron por el Cuerpo Superior de Policía. De ellas, 229 (un 77%) pasaron a prisión y 70 (el 23%) quedaron en libertad. Por su parte, de los 161 detenidos por la Guardia Civil, 90 (el 56%) ingresaron en prisión y 71 (el 44%) fueron puestos en libertad.La evolución de la estadística de la aplicación de la ley Antiterrorista: durante los tres últimos años, en lo que se refiere a las detenciones que han podido ser fiscalizadas por la Audiencia Nacional, muestra que en 1983 se produjo el máximo nivel de desacierto policial en la lucha antiterrorista entendiendo por tal el gran porcentaje de detenidos a los que la autoridad judicial puso en libertad por falta de indicios delictivos, que en el caso de los detenidos por la Guardia Civil, superó el 50%. En cambio, en 1984, aunque continuó siendo elevado el número de desaciertos, la proporción se redujo considerablemente.

Según las cifras obtenidas en fuentes de la Audiencia Nacional, en 1982, de los 554 detenidos a quienes se aplicó la ley Antiterrorista y posteriormente fueron puestos a disposición judicial, 379 (el 68%) ingresaron en prisión y 175 (el 32%) fueron puestos en libertad por la autoridad judicial. En 1983, de los 307 detenidos en las mismas condiciones, 174 (el 57%) ingresaron en prisión y 133 (el 43%) quedaron en libertad. En 1984, como ya queda dicho, el porcentaje de ingresos en prisión se elevó al 69% y el de puestas en libertad se redujo al 3 1 %, esto es, los desaciertos policiales se situaron a niveles similares a los producidos en 1982, durante la mayor parte del cual el máximo responsable de la lucha antiterrorista fue el ministro del Interior del Gobierno de UCD, Juan José Rosón.

10 días de detención

Quedan fuera de estas estadísticas aquellas personas a las que se aplica la ley Antiterrorista pero respecto de las cuales, durante el período máximo de 10 días de detención, los propios cuerpos policiales que las han detenido llegan a la conclusión de que no existen indicios suficientes de criminalidad para pasarlas a disposición judicial. Igualmente, quedan excluidas las que son objeto de lo que se denomina meras retenciones. Así pues, los detenidos que los cuerpos policiales ponen en poder de la autoridad judicial son aquellos sobre los que el Cuerpo Superior de Policía o la Guardia Civil cree tener elementos consistentes sobre su presunta criminalidad.Para llegar a esta conclusión, los cuerpos policiales están dotados de unos medios excepcionales que exigen afinar la puntería. El artículo 17 de la Constitución establece que "la detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas, el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial". Frente a esta norma general, la legislación antiterrorista permite prolongar hasta 10 días el período de detención y someter a incomunicación a los detenidos, pe ro sólo en el caso de que se trate de personas integradas en bandas armadas o relacionadas con actividades terroristas.

Terminado el plazo de aplicación de estas medidas excepcionales, que suele ser agotado por los cuerpos de seguridad, los detenidos son puestos a disposición de la Audiencia Nacional, órgano discutido desde sectores jurídicos y políticos progresistas, entre otras cosas por hurtar el conocimiento de la causa al juez del lugar donde se produjeron los hechos. Los juzgados centrales de instrucción, dependientes de la Audiencia Nacional, están encargados de resolver sobre estos detenidos.

Durante los tres años citados, la evolución del grado de acierto en la lucha antiterrorista fue desigual por parte del Cuerpo Superior de Policía y de la Guardia Civil, aunque en ambos se produjo un nivel de desacierto mayor en 1983. En cuanto al Cuerpo Superior de Policía, la evolución fue la siguiente: en 1982, de los 470 detenidos, 331 (el 70%) ingresaron en prisión y 139 (el 30%) fueron puestos en libertad; en 1983, de los 213 detenidos, 135 (el 63%) ingresaron en prisión y 78 (el 37%) fueron puestos en libertad, y en 1984, de los 299 detenidos, 229 (el 77%) pasaron a prisión y 70 (el 23%) quedaron en libertad.

En el caso de la Guardia Civil, la evolución fue así: en 1982, de los 84 detenidos, 48 (el 57%) ingresaron en prisión y 36 (el 43%) fueron puestos en libertad; en 1983, de los 94 detenidos, 39 (el 41%) ingresaron en prisión y 55 (el 59%) quedaron en libertad, y en 1984, de los 161 detenidos, 90 (el 56%) pasó a prisión y 71 (el 44%) fueron puestos en libertad.

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