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Los fiscales del 'caso Banca Catalana' presentan un recurso contra la denegación parcial de pruebas

Los fiscales del caso Banca Catalana han planteado un recurso de reforma y subsidiario de apelación por la denegación parcial de unas pruebas que habían solicitado el 20 de diciembre. Los fiscales habían presentado un dictamen pidiendo la declaración de nuevos testigos y solicitando que se requiriera a Jaume Carner Suñol para que "a la mayor brevedad aporte justificación documental indicativa del destino dado al producto de los créditos recibidos de Banca Catalana y del Banco Industrial de Cataluña", que ascienden a más de 400 millones de pesetas y que fueron reintegrados parcialmente.Jaume Carner, emparentado indirectamente con el actual presidente de la Generalitat, fue el presidente que más largo tiempo estuvo al frente de Banca Catalana, desde 1961 hasta finales de 1978. En medios jurídicos se especula con la posibilidad de que Carner destinara este dinero, no a beneficiarse personalmente, sino a financiar entidades cívicas e iniciativas culturales o políticas.Reclamaciones

Parte de estos créditos -280 millones de pesetas- fueron otorgados por Banca Catalana, el 28 de enero de 1982, siete días antes de que Carner cesara como vocal del Consejo de Administración. Como garantía, Carner ofreció todo su .patrimonio, que se estimó en unos 100 millones de pesetas.

La petición planteada por los fiscales del caso Banca Catalana, de reclamar de Carner las pruebas del destino dado a los créditos, fue aceptada parcialmente por el juez en una providencia dictada el 27 de diciembre, en la que se rechazó la petición de que se "requiriera" al querellado a que aportara "a la mayor brevedad" la citada docu mentación, ya que en opinión del instructor ésta era una "forma conminatoria" de solicitar unas pruebas. El instructor modificó la petición de los fiscales e "invitó" a Jaume Carner Suriyol a que aportara la documentación a través de un procurador.

Los fiscales han presentado re curso ante esta fórmula, que califi can de "conciliadora", por consi derar que infringe el artículo 311 de la ley de Enjuiciamiento Criminal y porque se "incorporan criterios próximos al proceso civil" y "ajenos al principio penal", en los que se establece la "relación sin intermediarios entre el juez y la prueba". Este recurso deberá ser resuelto en las próximas horas. En el caso de que se rechazara podría dar pie a un procedimiento de queja ante el Pleno de la Audiencia.

Este'es el cuarto recurso que plantean los fiscales del caso Banca Catalana. Los dos primeros recursos -admisión de la querella y declaración escrita de Jordi Pujol- fueron resueltos favorablemente al ministerio público por el Pleno de la Audiencia. El tercer recurso, relativo a la petición de fotocopias de la documentación, lo resolvió, también favorablemente, el propio instructor.

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