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El Consejo de Ministros analizó los asuntos agrarios de la negociación con la CEE

El Consejo de Ministros, reunido en la mañana de ayer bajo la presidencia de Felipe González, analizó las informaciones procedentes de los distintos departamentos ministeriales sobre el proceso de negociación para la adhesión de España a la Comunidad Económica Europea. Se examinaron detenidamente, según la referencia oficial difundida después de la reunión, los capítulos de agricultura y pesca, industria y aranceles, de cara a las próximas sesiones negociadoras, en las que se recibirán ofertas comunitarias en capítulos tan importantes como el aceite de oliva.

A la reunión del Consejo no asistió el ministro de Educación José María Maravall que se encuentra en París, donde participa en una reunión de ministros de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Tras conocerse la noticia del atentado contra el general Luis Rosón Pérez, abandonó la reunión el ministro de Defensa, Narcís Serra.El Consejo aprobó, entre otras medidas, un requerimiento de incompetencia a la Junta de Galicia en relación con el decreto 135/1984, de 13 de septiembre, sobre medidas de fomento del sector de construcción naval en Galicia.

Acordó, también, que no se estima fundado el requerimiento de incompetencia promovido por el Consejo de Gobierno del País Vasco -en relación con la resolución de 20 de agosto de 1984, de la Dirección General de Cooperativas del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social-, por lo que se inscribe en el Registro General de Cooperativas, y se da por constituida la entidad cooperativa Atina.

El Consejo de Ministros decidió la venta de las bodegas Franco-Españolas, pertenecientes al grupo Rumasa, a la empresa Bodegas y Viñedos, por 600 millones de pesetas. El comprador se compromete a respetar la plantilla que existe actualmente en las bodegas, que es de 97 trabajadores.

Contratación temporal

El Gobierno aprobó, mediante un real decreto, la unificación, en una sola norma, de todos los tipos de contratos de trabajo de duración determinada, excluyendo aquellos que, por su carácter excepcional, el Gobierno ya reguló a través de un decreto aprobado en el Consejo del 17 de noviembre.

Las empresas podrán efectuar contratos de trabajo de duración determinada en los siguientes casos: para la realización de una obra o servicio determinado; para atender circunstancias del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa; en el caso de sustitución a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, así como en el lanzamiento de una nueva actividad.

Los contratos eventuales por circunstancias de la producción tendrán una duración máxima de seis meses, dentro de un período de 12 meses. Si se conciertan por un plazo inferior a seis meses podrán ser prorrogadas mediante acuerdo de las partes pero sin exceder del límite máximo.

Más información en página 61

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