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El presidente del INI destituye al vicepresidente de Iberia, Juan Lara

El consejo de administración del Instituto Nacional de Industria (INI), a propuesta de su presidente, Luis Carlos Croissier, cesó ayer a dos consejeros de Iberia, uno de ellos el vicepresidente de la compañía, según informa la agencia Efe. Los dos cesados son Juan Lara Crivillent -vicepresidente y José Sáez Inchausti.Para sustituir en el consejo de Iberia a los dos cesados, el INI ha designado al director del instituto, Francisco Javier Alvarez Vara, y a Luis Sempere, jefe del gabinete técnico del ministro de Industria y Energía, Carlos Solchaga.

Los servicios mínimos

Por otra parte, la Audiencia Nacional ha calificado los servicios mínimos, decretados con motivo de la huelga de los pilotos de Iberia, como lesivos para el derecho de huelga, según han señalado fuentes del Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA).Esta es la undécima sentencia en relación con la citada huelga de Iberia en la que se falla a favor de los pilotos, ya que las anteriores, dictadas por la Magistratura de Trabajo, declararon improcedentes o nulos los despidos de 10 de estos profesionales por parte de la compañía.

La sentencia facilitada esta mañana al SEPLA por la Audiencia Nacional se refiere al recurso contencioso administrativo interpuesto por este sindicato de pilotos contra la orden del 15 de junio de 1984 del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, que señalaba los servicios mínimos a mantener durante la huelga indefinida de los pilotos convocada a partir del 19 de junio pasado.

La sentencia establece que este acto es "lesivo para el derecho de huelga del citado personal y en consecuencia lo anulamos, condenando a las costas del proceso a la Administración y a la Compañía Iberia Líneas Aéreas de España".

Según han sañalado representantes del SEPLA, los considerandos señalan que la orden carecía de los requisitos esenciales que indicaran el criterio seguido para saber si los servicios eran mínimos o puramente arbitrarios.

También se basa la sentencia en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, y finalmente indica que, para decretar los servicios mínimos indefinidos se tenían que haber fijado de forma que todos los pilotos hubieran tenido la posibilidad de ejercitar el derecho a la huelga.

Fuentes del SEPLA han indicado también que la puntualidad de los aviones ha disminuido debido a que los pilotos han dejado de realizar cometidos propios del personal de tierra que agilizaban las operaciones de salida.

Por esta razón, señalaron que se están produciendo retrasos, ya que los pilotos se limitan a volar. "Si Iberia no cuenta con los pilotos, los pilotos sólo cumplirán con su obligación, y seguirán el manual de operaciones", añadieron.

Fuentes del Ministerio de Transportes declararon, una vez conocida la sentencia, que acatan el fallo de la Audiencia Nacional y que no recurrirán contra el mismo.

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