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Segovia se mantendrá dentro de la comunidad castellano-leonesa

Segovia se mantendrá dentro de la comunidad autónoma de Castilla y León, en virtud de la sentencia que, por unanimidad de todos sus componentes, dictó ayer el pleno del Tribunal Constitucional. La desestimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por 54 senadores del Grupo Popular ha frustrado la pretensión de excluir de la comunidad castellano-leonesa a la provincia de Segovia.

EL alto tribunal ha considerado que la ley orgánica 5/83 se promulgó sin infringir los artículos 2, 143.3 y 144 C de la Constitución Española. Con esta resolución se da fin a la polémica que ha provocado fuerte tensión en la vida política segoviana desde octubre de 1979 y que ha servido de línea de demarcación entre los sectores conservadores y progresistas. Esencialmente, la sentencia viene a considerar que el interés nacional está por encima de cualquier otra cuestión y su representación son las Cortes.

El presidente del Gobierno, Felipe González, declaró ayer por la tarde, en los pasillos del Congreso de los Diputados, que la mencionada sentencia, de la que se mostró satisfecho, "hay que respetarla, acatarla y hacerla cumplir".

Por su parte, el titular del Ministerio de Administración Territorial, Tomás de la Quadra, afirmó en conferencia de prensa que es una sentencia muy bien fundada y estudiada. También hizo hincapié en que ha sido aprobada por unanimidad "porque el tema estaba claro".

Reacción del Grupo Popular

Por el contrario, los parlamentarios del Grupo Popular por Segovia, Modesto Fraile, Carlos Gila y José María Herrero, este último receptor de la sentencia, mostraron una cierta decepción, pues se había despertado en ellos la ilusión por ciertas informaciones publicadas estos días.Los promotores del recurso mantenían en él que lo único que puede salir de una interpretación sistemática de la Constitución es que las corporaciones de la provincia de Segovia, que rechazaron en su momento la incorporación en la comunidad de Castilla y León y que incluso ejercieron una iniciativa de autonomía uniprovincial, no pueden volver sobre sus voluntades expresadas hasta cinco años después de la fecha de la iniciación de la primera de las iniciativas.

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El Tribunal, por el contrario, estima que ello representaría un contrasentido, pues sería supeditar los motivos de interés nacional al transcurso de un largo plazo, cuyo término inicial depende de la voluntad de entes integrantes de la totalidad nacional. Ello "equivaldría a dejar en sus manos un mecanismo impeditivo de la defensa directa del propio interés nacional, atribuida, en este caso, por el inciso primero del 144 de la Constitución a las Cortes, que representan al pueblo español, en quien reside la soberanía nacional".

El problema autonómico surgió en Segovia cuando la mayoría de sus municipios, gobernados entonces por UCD, se pronunció en contra de la iniciativa autonómica del Consejo General de Castilla y León, planteada en octubre de 1979, que, incluía a esta provincia en la comunidad autónoma castellano-leonesa.

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