Figura inexistente
La reprobación de miembros del Gabinete, figura inexistente en el ordenamiento jurídico español, ha sido solicitada ya en otras dos ocasiones. Los anteriores casos -septiembre de 1981 y junio de 1982- se dieron con motivo de sendos debates en el Pleno del Congreso sobre el síndrome tóxico, El PSOE propuso la reprobación de cinco ministros en el primer caso y de dos en el segundo. Todos ellos, en opinión de los socialistas, tuvieron responsabilidades políticas en la intoxicación masiva del aceite de colza. La interpretación del alcance de esta figura siempre se ha presentado polémica. Se trata de dilucidar si reprobar equivale a censurar. Miguel Herrero de Miñón, durante su etapa como portavoz del grupo parlamentario de UCD, estimaba que "la reprobación enerva las previsiones constitucionales", ya que la Constitución establece que la censura sólo podrá ser constructiva, es decir, previendo una alternativa al poder ejecutivo censurado.Otros expertos opinan, sin embargo, que las interpelaciones parlamentarias que den lugar a mociones vinculantes para el Ejecutivo pueden llegar a constituir en la práctica auténticos votos de censura contra determinados miembros del Gabinete, quienes incluso se podrían ver obligados a dimitir moralmente si así lo acordase la Cámara.
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