Supresiones y cambios en las deducciones por el IRPF
Las principales variaciones tributarias introducidas por el proyecto de ley de Presupuestos para 1985 se refieren al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el que, sin embargo, se prorrogan las tarifas vigentes en 1984 (véase el cuadro adjunto). En síntesis, las modificaciones introducidas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el año próximo son las siguientes:- Se sitúa el límite de la obligación de declarar en 500.000 pesetas de ingresos brutos.
- Se suprimen las siguientes deducciones, cuya cuantía porcentual para 1984 se incluye entre paréntesis: Gastos excepcionales no suntuarios (10%); honorarios satisfechos a profesionales (5%), salvo por enfermedad; donativos (10%); e intereses de capitales invertidos en la adquisición de acciones de la empresa en la que se trabaja (10%). También se elimina la deducción de 7.500 pesetas a pensionistas con rentas inferiores a 500.000 pesetas y la deducción fija de 10.000 pesetas por gastos no justificados.
- En deducciones familiares, se incrementa de 18.000 pesetas a 20.000 la correspondiente a matrimonio; se unifica la deducción por hijos en la cifra de 15.000 pesetas por cada uno de ellos; se aumenta la deducción por personas de más de 70 años igualándola con la de ascendientes que conviven con el contribuyente a 12.000 pesetas; y se eleva la deducción por personas mutiladas e inválidas de 36.000 a 38.000 pesetas.
Rendimientos de trabajo
- La deducción por rendimientos del trabajo, que en 1984 suponía el 1% de estos rendimientos hasta un límite de 10.000 pesetas, pasa a una cantidad fija de 20.000 pesetas. Para unidades familiares con más de un perceptor de rendimientos de trabajo, el segundo perceptor en volumen de renta podrá deducir también un 1%, de sus rendimientos hasta un máximo de 10.000 pesetas (aparte de las 20.000 pesetas que deduce el mayor perceptor).
- En deducciones por inversión se fija un 15% para los gastos anuales en primas o cuotas de seguro de vida; en gastos de restauración de inmuebles declarados monumentos histórico-artísticos; en la adquisición de la vivienda habitual; y en la adquisición de bonos del Estado y otros tipos de deuda pública, cuando así se determine en cada emisión. La suscripción de renta fija con cotización bursátil cuenta también con un 15% de deducción, y la de renta variable con un 17%. La base del conjunto de las deducciones contenidas en este párrafo -deducciones por inversión- tendrá como límite el 30% de la base imponible.
- En variaciones patrimoniales, se modifica la situación para bienes adquiridos a partir de 1979. Se fijan siete coeficientes de actualización: 1,35 para 1979; 1,25 para 1980; 1,15 para 1981; 1,10 para 1982; 1,05 para 1983; y 1,00 para 1984. Se suprime la reducción proporcional al tiempo transcurrido entre la fecha de adquisición del bien y la del 1 de enero del ejercicio fiscal por el que se realiza la declaración.
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