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El descontrol de las finanzas de los partidos

El dinero de los partidos políticos carece prácticamente de todo control público

Los partidos políticos no están obligados a difundir sus cuentas de ingresos y gastos, ni existe apenas control público sobre sus finanzas, desde que las normas legales que establecían su fiscalización fueran derogadas por las Cortes en 1978. La operación se desarrolló en paralelo con la del consenso constitucional y pasó inadvertida para la opinión pública. Los únicos controles que existen, al menos sobre el papel, proceden de la legislación general: el Tribunal de Cuentas del Reino, para las subvenciones entregadas a través de los Presupuestos del Estado, y las Juntas Electorales en lo que se refiere a ingresos y gastos producidos por las elecciones.

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Al igual que en Italia, República Federal de Alemania, Holanda y otros países democráticos, los partidos son financiados en Espafía en gran parte con fondos públicos; pero a diferencia de lo que sucede en la mayoría de estos países, no se publica el uso dado a ese dinero. Los partidos tampoco tienen por costumbre sustituir dicho vacío legal con una práctica favorable a la transparencia.Además de las cuotas de militantes y de las donaciones que piaedan recibir, los partidos españoles obtienen dinero del Estado por diferentes vías. Una de ellas está regulada en el decretoley sobre normas electorales de 1977, y consiste en la entrega de subvenciones que dependen de los escaños y de los votos conseguidos; la otra es el pago de una cantidad anual a los partidos parlamentarios, de cuantía similar a la subvención. electoral. Por ejemplo, el PSOE obtuvo alrededor de 1.000 millones de pesetas, y AP aproximadamente la mitad, por las elecciones de 1982.

También existeri retribuciones para el funcionamiento de los grupos parlamentarios; subvenciones para los partidos que obtienen alcaldes y concejales en las elecciones locales; y una vía no regulada en ninguna parte, pero que funciona de hecho, que son los sueldos de los cargos públicos. Esto último es una manera de mantener los grupos humanos -dirección y cuadros- que encarnan los partidos.

Sobre tolo este bloque de financiación estatal existe un control, al menos teórico, del Tribunal de Cuentas del Reino, en función de su compeltencia general para entender de todas las partidas consignadas en los Presupuestos del Estado. Pero en la práctica, el Parlamento, que vota los créditos para las subvenciones, no acostumbra a pedir la intervención del Tribunal de Cuentas en tales asuntos.

Una parte del sistema de subvenciones se encuentra sometido al filtro de las Juntas Electorales, que son competentes respecto a los ingresos y gastos destinados específicamente a elecciones; pero la inexistencia en España de una administración electoral reduce este control casi a la inoperancia.

Las sumas a controlar por estas Juntas no son baladíes: en las elecciones generales de 1982 se gastaron cantidades que oscilan -según la fuente que haga la estimación- entre los 7.000 y los 10.000 millones de pesetas.

La fiscalización suprimida

La legislación española no sólo no es estricta en una materia tan delicada como la financiación de la política, sino que la reforma de la ley de partidos, en 1978, suprimió los controles previstos por la norma anterior: requisitos que debían reunir los libros de tesorería, inventarios y balances de los partidos, y obligación de hacer públicos estos datos. La reforma legalizó también la financiación extranjera de partidos españoles, al derogar expresamente la prohibición de recibir dinero por esa vía, contenida en la ley de 1976.

Otra supresión fue la obligatoriedad de -remitir al Ministerio del Interior copia anual del inventario y de las cuentas de ingresos y gastos, "para su traslado inmediato al Tribunal de Cuentas del Reino", como decía la ley de 1976; método que, ciertamente, puede ser táchado de peligroso para los partidos que no estén en el Gobierno, puesto que equivale a mantener informado directamente al Ejecutivo.

Todas estas supresiones fueron votadas por el Congreso y el Senado, prácticamente por unanimidad, en los meses de junio y noviembre de 1978, respectivamente.

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