Un error sobre Rumasa
Hay que salir al paso de un craso error sobre Rumasía que vienen padeciendo numerosas personas, incluso catedráticos ilustres y no menos ilustres periodistas. Creen, según dicen, que en el Tribunal Constitucional votaron seis de sus miembros a favor de la constitucionalidad de la expropiación, y los seis restanies en contra. Lo que dio lugar a que se resolviese en el primer sentido por el voto de calidad del presidente.Basta para eliminar tal error con leer la sentencia, oportunamente publicada en EL PAÍS, así como el voto particular de los seis que se opusieron, parcialmente, a ella, para comprobar que tanto en aquélla como en éste se estima que la expropiación e inmediata ocupación de los bienes de Rumasa se ajustan estrictamente a las normas constitucionales. No haymás diferencia entre una y otro que la consistente en que el voto particular considera que de los ocho artícw los del decreto-ley expropiatorio, solamente dos, el segundo y el cuarto, no se ajustan a los derechos individuales en la Constitución reconocidos. Se refieren estos dos artículos, respectivamente, a la adquisición por el Estado de las acciones emitidas por las. sociedades expropiadas, y a la regulación de las comunidades de accionistas. Todo ello para proteger a éstos frente a las propias empresas y, en consencuencia, contra los administradores y directores de las mismas, que venían siéndolo, precisamente, el propio Ruiz-Mateos y sus colaboradores.
Queda, pues, demostrado tan craso y funesto error. Y quienes lo han cometido deben reconocerlo, ya que, como todos sabemos, es cosa de sabios atreverse a rectificar-
Abogado.
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