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Tribuna:El desafío del Estado de las autonomías / 2
Tribuna
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El Fondo de Compensación favorece, sobre todo, a Andalucía y Extremadura y perjudica a Madrid

, El total contabilizado para localizar la existencia del efecto redistribuidor del proceso autonómico ha sido de 400.000 millones de pesetas, que es, en números redondos, la inversión real regionalizable del capítulo VI de los Presupuestos Generales del Estado. Quedan otros 600.000 millones de pesetas de inversiones públicas presupuestadas que no son susceptibles de regionalizar y, por tanto, que no se cuentan en este cálculo.

La inversión pública real regionalizable en Andalucía, sin tener en cuenta la procedente del Fondo de Compensación Interterritorial, supone en 1984 el 15,91% de la inversión total regionalizable. Si se le suma el dinero que le corresponde por el FCI, la inversión de Andalucía pasa a ser el 20% de la total. JiLos 4,1 puntos porcentuales de diferencia revelan el efecto o solidaridad de las regiones más ricas, o que más inversiones públicas recibían antes, en favor de las más pobres, o que menos inversiones recibían.

En el caso de la Comunidad Autónoma de Madrid, el efecto es el contrario. Si no existiera el FCI, Madrid recibiría el 19,1% del total de la inversión pública real regionalizable, es decir, 3,2 puntos más que toda Andalucía. Sin embargo, por el efecto redistribuídor, teniendo en cuenta las cifras destinadas al FCI, las inversiones correspondientes a Madrid supondrán en 1984 el 14,4% del total regionalizable. De ahí que la comunidad madrileña pierda 4,7 puntos con respecto a lo que hubiera recibido si el proceso autonómico no hubiera previsto la redistribución de re cursos de las zonas mejor dotadas a las peor dotadas. Prácticamente, lo que pierde Madrid lo gana Andalucía.

Cataluña gana y Galicia pierde

En los casos de las comunida des vasca y navarra, aunque no son comparables, ya que disponen de sistemas forales distintos del resto de España, se puede apreciar una cierta mejora en la redistribución de la inversión: de 0,3 puntos para la primera y la pérdida de 0,2 puntos para la segunda.

Cataluña mejora suavemente en 0,4 puntos, debido a que la inversión pública recibida antes era re lativamente menor de la que le corresponde por los criterios de renta, población, superficie, etcétera, que influyen en el reparto del FCI. Galicia pierde sorprendentemente 0,7 puntos, debido, entre otras razones, a que pueden haberse contabilizado las inversiones navales en empresas de defensa, como la Bazán. Todos estos cálculos han sido realizados con relación a 605.000 millones de pesetas, resultantes de sumar la cifra del FCI -209.000 millones- y los 396.000 de inversión real regionalizable, que son las únicas cantidades susceptibles de ser analizadas desde el punto de vista de la redistribución.

El Fondo de Compensación Interterritorial -destinado a obras públicas, viviendas, regadíos, transporte, equipamiento colectivo e infraestructura general-, que ha mostrado su eficacia redistribu tiva, escasa pero creciente, puede ampliarse o recucirse cada año, según sea el volumen destinado en los Presupuestos Generales del Estado al capítulo VI de inversiones reales, ya que supone el 40% de esta cifra. En 1982, los expertos aconsejaron destinar 180.000 millones de pesetas al FCI, después de identificar proyectos que ya estaban previstos para esas regiones.

Los pobres no saben en qué gastar

En 1983 se destinaron 204.000 millones de pesetas y funcionó una ligera redistribución, aunque hubo alguna dificultad en invertir las cantidades repartidas, ya que en las zonas pobres había menos proyectos que en las ricas. En 1984 se repitió prácticamente la misma cifra -unos 209.000 millones de pesetas-, y para 1985 se está discutiendo también, en estos momentos, su estancamiento en torno a los 210.000 millones de pesetas, en consonancia con los deseos del equipo económico del Gobierno, que pretende congelar o disminuir las inversiones públicas para el próximo año.

El dinero dedicado al FCI que no sea gastado por la correspondiente comunidad autónoma, debido a su falta de iniciativa o de capacidad para realizar el proyecto, no se devuelve al Estado, sino que se acumula en el presupuesto autónomo durante cuatro años. En algunos casos, el castigo sufrido por la aplicación de los criterios de solidaridad del FCI no es tal castigo, sino que muestra claramente que dichas comunidades disfrutaron -durante 400 años de tropelías centralistas y también de intervencionismos igualitarios- de notables privilegios procedentes de las arcas del Estado central.

Con esta fórmula se trata ahora de compensar, por una parte, la ventaja inicial con que partieron las regiones ricas o tradicionalmente mejor tratadas por los dineros públicos al iniciarse el proceso autonómico. Pero, por otra parte, trata de frenar y quizá corregir el natural efecto de agravamierito de los desequilibrios interregionales que produce la propia autonomía regional. Como la libertad acostumbra a beneficiar más al Iberte que al débil, al dejar en libertad a los ciudadanos de cada comunidad autónoma para autogobernarse, las más fuertes, con más iniciativas o recursos propios, mejorarán, lógicamente, más deprisa que las más débiles. El FCI actúa contra esa tendencia natural al desequilibrio.

El segundo mecanismo de redistribución interterritorial, que está previsto en el artículo 15 de la ley orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas, corresponde a las "asignaciones presupuestarias mínimas" y está sin desarrollar legalmente. Por ahora es tan sólo una posibilidad legal para que algún Gobierno preocupado por la pobreza y por cubrir las necesidades sociales mínimas pueda desarrollar las bases de un moderno welfare state o Estado del bienestar. Según este mecanismo, las comunidades pobres que carezcan de los recursos precisos para financiar el coste efectivo de sus servicios mínimos recibirán dinero directamente del Estado. El nivel mínimo de prestación de tales servicios está también sin definir en nuestra incipiente legislación autonómica.

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