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En el fondo, una guerra de formas

Con la perspectiva de las elecciones catalanas en el horizonte inmediato y la entrevista González-Garaikoetxea como fondo, del escenario, nadie, y menos los socialistas, tiene intención de avivar en estos momentos la hoguera de los conflictos entre los Gobiernos central y autónomo vasco. Por ello, los socialistas han renunciado a plantear cualquier moción o interpelación en la Cámara de Vitoria respecto a la actitud del lendakari, que se adelantó a prestar juramento antes de que se produjera su nombramiento por el Rey. En general, los socialistas prefieren hablar de "falta de cortesía" antes que de ilegalidad, aunque no dejan de expresar su irritación por lo que consideran una obsesión infantil por parte del Gobierno nacionalista de singularizarse como sea.

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Garaikoetxea recurrirá el decreto de su nombramiento porque lo afirma Felipe González y no el presidente del Parlamento vasco

Ni la Constitución, ni el Estatuto, ni la ley de Gobierno (vasco) incluyen referencia alguna a la fórmula de asunción de su cargo por parte del lendakari electo. Éste es, según el Estatuto de Guernica, "designado por el Parlamento vasco y nombrado por el Rey".

Dicho real decreto apareció ayer en el Boletín Oficial del Estado, incluyendo junto a la firma real la del presidente Felipe González. Ello es consecuencia de lo establecido en el artículo 64 de la Constitución, según el cual, Ios actos del Rey serán refrendados por el presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes".

Sin embargo, fuentes próximas a la presidencia del Gobierno vasco, aducen que el artículo 64 se refiere a los órganos generales del Estado, por lo que en este caso concreto debería prevalecer la legislación específica de la comunidad, y concretamente su ley de Gobierno, que no fue recurrida en su día.

Tampoco hay una norma que haga depender la asunción de sus funciones por parte de los consejeros vascos de cualquier ceremonia. Sin embargo, sí existe una norma general sobre la fórmula de juramento a utilizar caso de que tal juramento se produzca. Fijada en un real decreto de 5 de abril de 1979, incluye el compromiso de "guardar y hacer guardar la Constitución". La fórmula utilizada ayer por los consejeros se limita a recoger el compromiso de "cumplir fiel y lealmente, de acuerdo con la ley, con las obligaciones del cargo que asumo al servicio de Euskadi".

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El reproche que sus contradictores hacen al lendakari no es el de haber empleado la fórmula que utilizó, sino el de haberse adelantado al nombramiento real. Y, por otra parte, si es cierto que los consejeros no tenían por qué jurar sus cargos, no lo es menos que, de hacerlo, debían haber respetado la fórmula establecida. Ése es el fondo de esta nueva guerra de símbolos.

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