Admitida a trámite la querella del fiscal contra Ruiz-Mateos
Carlos Divar, juez central número cuatro de la Audiencia Nacional, ha admitido a trámite la querella presentada por el fiscal contra José María Ruiz-Mateos, como presunto autor de un delito de injurias al Jefe del Estado.El juez ha ordenado al mismo tiempo la apertura del sumario para la averiguación y persecución de los hechos denunciados en la querella, y ha interesado a la policía judicial la localización del ex presidente de Rumasa para que sea puesto a disposición del juzgado con el fin de declarar sobre los hechos que se le imputan.
El juzgado notificará a Ruiz-Mateos, en su último domicilio conocido en Madrid, la querella del fiscal y el contenido del ejemplar de la revista Actualidad Económica que se considera injurioso, para cumplir con los requisitos del derecho de defensa.
En el auto dictado por el juez, se acuerda que el director de la revista, José María García Hoz, preste declaración el próximo día 6 de febrero a las doce de la mañana, para que "facilite la entidad del reportaje donde se estiman vertidas las expresiones injuriosas contra el Jefe del Estado y a los efectos de acreditar la autenticidad de los textos que figuran entrecomillados, ( ... ) requiriéndosele para que facilite las circunstancias personales de identidad y domicilio de la reportera Pilar Cambra, con quien se supone celebrada la entrevista almuerzo que se reseña en el reportaje".
De 6 a 12 años
La querella del fiscal fue presentada contra José María Ruiz-Mateos y contra cualquier persona que en definitiva resultase también responsable de los hechos. Según la misma, en las declaraciones de Ruiz-Mateos a Actualidad Económica "se dirigían recriminaciones afrentosas contra la más Alta Magistratura del Estado, atribuyendo a Su Majestad el Rey la realización de actos que serían objetivamente constitutivos de antijuricidad penal y gravemente desfavorecedores del prestigio de la Corona y la probidad de su titular". Esos hechos son considerados por el fiscal como delito de injurias al Jefe del Estado.
El artículo 147 del Código Penal que tipifica este delito señala: "Incurrirá en la pena de prisión mayor el que injuriare o amenazare al Jefe del Estado por escrito o con publicidad fuera de su presencia". La pena de prisión mayor comprende una duración de seis años y un día a 12 años de cárcel. El juez ha recalcado su intención de proporcionar la máxima defensa posible a Ruiz-Mateos, cumpliendo todos los requisitos del artículo 118 de la ley de Enjuiciamiento Criminal de darle traslado de la querella, "aunque es notorio el hecho de que el querellado se encuentra fuera del territorio nacional".
Por otra parte, el juez se ha declarado competente en el conocimiento del caso, ya que se trata de un delito de injurias al Rey, y además cometido por un ciudadano español en el extranjero, por lo que por cualquiera de las dos causas, la competencia es atribuida a los juzgados centrales de la Audiencia Nacional.
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