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El anteproyecto suprime las penas para la blasfemia

El delito de blasfemia, vigente en la actualidad y castigado con privación de libertad de uno a seis meses y multa de 30.000 a 150.000 pesetas, desaparecerá del futuro Código Penal, si pros p era el anteproyecto elaborado por el Ministerio de Justicia, cuya filosofía es no penalizar la ofensa a Dios, sino a los sentimientos religiosos o agnósticos. Así, se castigará con arresto de 12 a 24 fines de semana o multa de 6 a 12 meses tanto a los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión alguna, como a los que ofendan los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa.Tal ofensa podrá realizarse haciendo públicamente, de palabra o por escrito, "escarnio de sus dogmas, ritos o ceremonias" o vejando, también públicamente, a quienes los profesen; ultrajando públicamente, de hecho o de palabra, a sus ministros; destruyendo o profanando los objetos de veneración por los miembros de una confesión religiosa o los lugares donde practiquen su culto, o perturbando gravemente las funciones, ceremonias o manifestaciones de culto de cualquier confesión religiosa.

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Asimismo, incurrirán en las penas de prisión de seis meses a tres años los que, por medio de, violencia, intimidación, fuerza o cualquier otro apremio ilegítimo, impidan a uno o varios miembros de una confesión religiosa practicar los actos del culto o asistir a los mismos, y los que, por iguales medios, fuercen a otro a practicar o concurrir a actos de culto, a profesar una religión o a mudar de la que profesa. Si el responsable de estos hechos fuera una autoridad o funcionario, será sancionado, además, con la pena de inhabilitación especial de 8 a 14 años.

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