La Policía Militar podrá intervenir en temas de orden público ante flagrantes delitos
La libertad religiosa y la función de la Policía Militar dentro y fuera de los centros castrenses son algunos de los temas más destacables del proyecto de nuevas Reales Ordenanzas del Ejército, que ha sido enviado a los ministros para su estudio. El proyecto consta de 441 artículos y se espera que sea aprobado por el Consejo de Ministros en el próximo mes de octubre.
Sobre la función de la Policía Militar se dice que "tendrá carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones". El policía habrá de ser "firme sin violencia, prudente sin debilidad, tendrá presente que sus principales armas son la persuasión y la entereza moral, y sólo hará uso de la fuerza cuando sea necesario. En ausencia de fuerza pública, y ante flagrantes delitos, intervendrá".
Respecto a la libertad religiosa, las Reales Ordenanzas establecen que los mandos del Ejército "respetarán y protegerán el derecho a la libertad religiosa de sus subordinados, en los términos previstos por la Constitución y por la ley Orgánica de Libertad Religiosa. "Cuando coexistan fieles de distintas confesiones o comunidades religiosas, cuidarán de la armonía de sus relaciones, facilitarán el cumplimiento de sus deberes religiosos".
Asimismo señala el proyecto que "los soldados no podrán ser obligados a declarar su ideología, religión o creencias". "A efectos de facilitar la asistencia, cabe que sean preguntados, pero pueden abstenerse de contestar".
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