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Victoria preliminar de España sobre Ruiz-Mateos por el control de la marca Dry Sack

Soledad Gallego-Díaz

Williams & Humbert, empresa propiedad del Estado español, consiguió ayer una victoria preliminar en su batalla contra José María Ruiz-Mateos por el control de la marca de jerez Dry Sack. Ruiz-Mateos aceptó ante el Alto Tribunal de Londres el nombramiento, durante 14 días, de un administrador independiente a cuyo nombre se inscribirá la marca. Durante esos 14 días, es decir hasta el 11 de julio próximo en que se verá la causa sobre la propiedad de Dry Sack, Williams & Humbert puede proseguir normalmente la comercialización de este jerez.

Ruiz-Mateos, que acudió ayer personalmente al tribunal para seguir en directo los debates, no quiso depositar como garantía el millón de libras esterlinas (más de 200 millones de pesetas) que hubiera impedido el nombramiento del administrador.La vista ante el Alto Tribunal prosiguió ayer con una nueva intervención del abogado de Willimas & Humbert, Colin Brodie, quien pidió el nombramiento del administrador y expuso los siguientes argumentos: su representado estaba dispuesto a defender inmediatamente su derecho a la propiedad de Dry Sack, pero, puesto que la parte contraria necesitaba 14 días para preparar el caso, exigía que mientras tanto la marca pasara bajo control neutral. Williams & Humbert estima que el contrato por el que W. H. Trade Mark (una empresa domicialiada en Jersey, con capital de Ruiz-Mateos y de sus hermanos) compró Dry Sack en 1976 es nulo, y está tan confiada en su derecho que afirmó que si perdía el caso estaba dispuesta a indemnizar a Trade Mark por los perjuicios causados con el nombramiento de un administrador. La garantía, avalada por el Banco de Bilbao, es de cuantía ¡limitada.

En definitiva, Williams & Humbert temía que en estos 14 días -o más tiempo si la vista sobre la propiedad se volviera a aplazar Ruiz-Mateos procediera a la venta de la marca o a la firma de contratos para vender bajo la etiqueta de Dry Sack un jerez distinto del que embotella actualmente la empresa nacionalizada.

Pretendida incompetencia del tribunal

El representante de Ruiz-Mateos sorprendió a todos los asistentes a la vista afirmando que el tribunal londinense era incompetente para juzgar el caso porque Trade Mark depende de los tribunales de Jersey, una isla del canal que disfruta de un trato jurídico especial dentro del ordenamiento legal británico. Según el abogado de Ruiz-Mateos, Julián Jeffs, si se nombraba un administrador de Dry Sack se estaba nombrando un administrador de toda la compañía. Jeffs negó que Trade Mark pudiera comercializar jerez en sólo 14 días y afirmó que el nombramiento de administrador era completamente innecesario. Sus argumentos fueron interrumpidos en varias ocasiones por el juez, quien expresó sus dudas sobre la pretendida incompetencia del tribunal.En un aplazamiento, los abogados de Trade Mark, tras una breve consulta con Ruiz-Mateos, que se presentó en el tribunal acompañado por su hijo Zoilo y por su sobrino Alfonso Barón, aceptaron un acuerdo que tendrá validez hasta la vista preliminar sobre la propiedad, es decir, inicialmente hasta el próximo 11 de julio. Por este acuerdo, Trade Mark y la familia Ruiz-Mateos en pleno (requisito exigido por Williams & Humbert) aceptan el nombramiento de lan Bond como administrador, así como que la marca Dry Sack figure en el registro británico a ese nombre. Williams & Humbert, que ofrece la garantía bancaria sin límites, puede proseguir normalmente sus negocios de venta y comercialización de Dry Sack, pero permitirá a los abogados de la parte contraria inspeccionar los libros.

Para evitar interpretaciones dudosas que tienen efectos perjudiciales sobre las ventas y desconciertan a los clientes, Williams & Humbert exigió también que todas las partes firmaran un comunicado que, dice textualmente: "Williams & Humbert, la familia Ruiz-Mateos y W. H. Trade Mark (Jersey) han aceptado conjuntamente el nombramiento de un administrador ara la marca británica Dry Sack. Esta es una medida provisional pendiente de la posterior vista preliminar que regulará los derechos de las partes hasta que finalice el juicio. La vista preliminar tendrá lugar el 11 de julio de 1983 o poco después. El administrador es nombrado a fin de que la propiedad permanezca en manos neutrales. El acuerdo no implica nada respecto a la auténtica propiedad de la marca Dry Sack, aspecto que será resuelto a su debido tiempo, es decir, al fin del juicio. Mientras tanto, y contrariamente a algunas informaciones anteriores, Williams & Humbert es libre de llevar adelante sus negocios de Dry Sack",

Interrogado sobre por qué, no había depositado el millón de libras que hubiera evitado el nombramiento de administrador, Ruiz-Mateos afirmó sonriendo: "Será porque no tengo el dinero". El fundador de Rumasa, que parecía cansado, no quiso hacer más declaraciones. Otras fuentes indicaron que Ruiz-Mateos no depositó el dinero porque corría el grave riesgo de perderlo.

El nombramiento de administrador beneficia a Williams & Humbert, la empresa nacionalizada, porque, sienta el precedente para el caso de que la vista sobre la propiedad volviera a aplazarse. Durante este periodo, Williams & Humbert podría seguir comercializando Dry Sack.

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