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La moral en la sociedad democrática

Los últimos años están produciendo un retorno a la reflexión ética. En la sociedad española no parece inoportuna tampoco esa reflexión. Incluso, creo que uno de los elementos que han generado confianza en el programa socialista y le han dado grandes apoyos sociales es precisamente esa creencia en la regeneración moral que muchos consideran indispensable para la profundización de la democracia. Por otra parte, la dictadura había contribuido a introducir corrupción en la conciencia ciudadana y también en muchas conciencias individuales. Ése suele ser uno de sus efectos.No se trata de hacer una construcción racional de ética normativa ni tampoco, en el otro extremo, de una argumentación metaética, como investigación referente a los significados o funciones de los términos y juicios éticos, es decir, análisis del lenguaje moral, sino de algo más modesto: exponer el punto de vista de la cultura de nuestro tiempo sobre las obligaciones morales que para un ciudadano normal -de tipo medio- se desprenden en la convivencia democrática. No soy excéntrico al hacer este planteamiento. Muguerza lo reconoce incluso para la ética analítica. Los problemas de libertad, de justicia, de tortura, el tema ecológico como tema moral, la guerra, el desarme, la violencia, la paz, vuelven cada vez más a la reflexión, y el Derecho que abandonó la seguridad farisea del Derecho natural, y que no quiere caer en la sequedad moral del positivismo estatalista, favorece, asimismo, esa reflexión.

En la historia de la cultura, desde el tránsito a la modernidad, se ha ido acumulando un depósito de creencias, en muchos casos con raíces más antiguas de carácter religioso, para nuestro mundo basadas en el mensaje evangélico, que tienen como fundamento central la idea de dignidad y de autonomía moral del hombre. En las obras de los filósofos, de los literatos, en los programas políticos, en las representaciones artísticas, en las costumbres de los hombres, lo que Aranguren llama la moral social, se pueden detectar esos criterios morales. También se encuentran en el Derecho, tanto en el Derecho legal como en el comportamiento de los jueces, al crecer el Derecho judicial, y en esos textos internacionales, como la Declaración de la ONU de 10 de diciembre de 1948, en que cristaliza ese caudal de talantes y de comportamientos que configuran la moral democrática de la sociedad actual.

No se debe entender como un depósito estático, a conservar y a mantener, sino como un depósito en movimiento, en evolución, en permanente reelaboración. Los profetas, los disidentes, los herejes sociales, los hombres con una conciencia individual, crítica y especialmente afinada, contribuyen con su esfuerzo a esa evolución de sus matices y de sus perfiles.

Lo describo tal como, me parece que se construye en el último tercio del siglo XX, aquí y ahora, en la sociedad española de 1983, sin pretensiones, como un modesto punto de vista, criticable, susceptible de complemento y de mejora.

Creo que una sociedad democrática no es viable si la mayoría de los ciudadanos, los que configuran el consenso que sostiene al poder, y a su norma fundamental, la Constitución, no están de acuerdo en la existencia de una serie de obligaciones y exigencias morales en la convivencia y en las relaciones sociales. Naturalmente, si existe ese acuerdo se reflejará, por una parte, en el ordenamiento jurídico y, por otra, en la conducta práctica de los ciudadanos. Creo que este acuerdo existe en la sociedad española y que una de las razones de la esperanza está en esta constatación, la formulación explícita que ahora hago puede contribuir a su fijación.

Sin afán exhaustivo, comprende al menos las siguientes obligaciones:

1. La obligación del cumplimiento de las promesas y compromisos. Esta obligación excede incluso el ámbito de la sociedad democrática. No cabe una sociedad estable y pacífica sin este funcionamiento ordinario.

Incluso se puede decir que el Derecho tiene como una de sus funciones clásicas la garantía de este cumplimiento y la creación de instituciones -los tribunales- para hacerla efectiva. Una sociedad es tanto más afinada desde el punto de vista moral cuando las promesas y compromisos se cumplen como exigencia moral normal, sin necesidad de acudir, salvo excepcionalmente, a la ayuda del Derecho.

2. La obligación de veracidad. Una sociedad democrática se monta sobre el principio de la autenticidad, el rechazo del fingimiento y del fariseísmo. Me parece que las nuevas generaciones han avanzado seriamente en ese campo, arrumbando prejuicios sociales. En la vida pública, esa obligación es especialmente apreciada, y los ciudadanos son especialmente sensibles a su existencia.

3. La obligación de no dañar ni perjudicar a los demás. Para las doctrinas pactistas, el temor al daño y a la violencia es una de las razones del pacto que hace salir del estado de naturaleza y conduce a la sociedad. En la sociedad democrática, una de las derivaciones más directas de la dignidad del hombre es la obligación de no producir daños físicos y el rechazo (le la violencia, cuyo monopolio legítimo es asumido por el Estado. Asimismo, el rechazo del perjuicio moral y espiritual, el respeto al honor son exigencias fundamentales, en una sociedad en la que todavía se intenta por muchos la propia afirmación sobre la humillación de los demás.

4. La obligación del trabajo y del esfuerzo en interés general, que es la obligación del altruismo y de la solidaridad frente al aislacionismo egoísta de un individualismo del liberalismo inicial, que hoy intentan reintroducir desde las viejas fórmulas llamadas neoliberales o de la aproximación económica al Derecho. Supone la superación de la idea de que el hombre es propiedad de sus propiedades y la apertura generosa y comunitaria a los demás.

5. La obligación de participar. Es una exigencia moral en la sociedad democrática, de la que derivan, además, obligaciones de obediencia al Derecho. La formación del poder no se hace sólo a través de las elecciones por sufragio universal -condición necesaria pero no suficiente-, sino también a través del esfuerzo de presencia diaria, que es también elemento imprescindible para la comunicación y para la circulación del poder.

6. La obligación de obedeceral Derecho. Deriva, como vemos, de la anterior obligación, y me parece indiscutible, pese a las tesis de autores como Raz, que hablan de respeto al Derecho, pero no de obligación de obediencia. El poder se confirina con la participación de los ciudadanos y crea el Derecho, que no será así heterónomo a los ciudadanos, sino autónomo, nacerá de ellos mismos, y de ahí nacerá la obligación moral de obedecerlo.

7. La obligación de luchar por laspropias convicciones (la moralidad crítica), la dignidad y la autonomía moral de los hombres son el basamento de esta obligación, que podríamos calificar orteguianamente corno egregia. Los hombres más preclaros no se limitan a asumir la moralidad social, no se comportan sólo -como se comporta la sociedad, sino que generan en su propia reflexión, con el afinamiento de su conciencia, una moralidad crítica que analiza la realidad y la conduce a cotas superiores de conciencia moral colectiva. Esta obligación es motor (le la historia y de su progreso. Es minoritaria, pero indispensable.

8. La obligación de respetar la intimidad y la dignidad del otro. Es un compendio de todo lo anterior y derivación directa del fundamento moral en una sociedad democrática. El otro, como tal, merece toda la consideración, y una sociedad tecnológicamente avanzada, con medios de comunicación especialmente poderosos, debe poner especial cuidado en la intimidad y en la dignidad del otro como condición real de su autonomía moral.

Probablemente falten otros rasgos que configuran para la conciencia colectiva de nuestro tiempo las exigencias morales del ciudadano en una sociedad democrática. Pero si cada uno nos aplicásemos en estas reducidas obligaciones morales, y nuestra deliberación moral se centrase en ellas, con toda seguridad estaríamos contribuyendo a hacer más viable el progreso y más sólido el consenso en la libertad y en la igualdad como valores superiores de nuestro sistema constitucional.

es profesor de Filosofía del Derecho y presidente del Congreso de los Diputados.

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