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El déficit del Fondo de Garantía Salarial es de 19.000 millones de pesetas

El déficit del Fondo de Garantía Salarial (FGS) en diciembre de 1982 ascendía a 19.176 millones de pesetas, después de contabilizarse un superávit provisional, cuantificado a principios de año, de 2.451 millones, según un informe del citado organismo al que ha tenido acceso este diario. La dirección del FGS ha elaborado la bases de un proyecto que pretende disminuir considerablemente las prestaciones, que tiene atribuidas. La aplicación de circulares que dificultan, además, los trámites administrativos, ha desencadenado duras críticas entre abogados laboralistas de varias provincias.

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El Fondo de Garantía Salarial fue creado en 1976 por la ley de Relaciones Laborales, como responsable subsidiario de empresas insolventes en cuanto al pago de indemnizaciones y salarios adeudados a los trabajadores. Aumentó sus competencias con el Estatuto de los Trabajadores, que responsabilizó al organismo del pago del 40% de las indemnizaciones por despidos improcedentes de empresas con plantillas inferiores a 25 trabajadores. El déficit estimado del FGS superará los 32.000 millones a finales de 1983, a pesar del nuevo tipo de cotización empresarial, vigente desde el 1 de mayo.El nuevo proyecto para reducir las prestaciones económicas del FGS parte de criterios notablemente restrictivos, que prejuzgan la realización prácticamente sistemática de actuaciones defraudatorias por parte de los trabajadores. Entre los objetivos del proyecto se encuentra la eliminación del pago de parte de las indemnizaciones por despidos improcedentes correspondientes a pequeñas empresas, competencia atribuida al FGS a partir de la aprobación del Estatuto de los Trabajadores. Para argumentar este apartado, el estudio llega a afirmar que, tratándose de subvenciones a fondo perdido, "rompe la igualdad empresarial, discriminando al medio y gran empresario que cotiza al Fondo y no se puede beneficiar de esta prestación". El documento insinúa la posibilidad de efectuar el pago del 40% de este tipo de indemnizaciones a las empresas afectadas y no a los trabajadores.

En cuanto a las prestaciones correspondientes a indemnizaciones por rescisiones de contratos laborales en empresas insolventes y al abono de salarios, el proyecto argumenta la reducción de los límites y su supeditación al tiempo cotizado por los trabajadores a la Seguridad Social.

Nuevo concepto de salario

Esta modalidad ya fue introducida por la ley Básica de Empleo en cuanto a la percepción de los períodos del subsidio de desempleo y ha originado en los últimos años una importante disminución de la cobertura del subsidio, criticado con dureza por diversos sectores sindicales y políticos. El proyecto establece, con una notable imprecisión jurídica, la necesidad de crear un nuevo concepto de salario. Según dicho concepto, las subvenciones serían calculadas con excepción de los complementos salariales y sin tener en cuenta el salario reconocido en las resoluciones judiciales y administrativas anteriores. Los últimos datos estadísticos elaborados por el FGS indican que durante 1982 fueron dictadas resoluciones por valor de 42.798 millones.El 60% de las prestaciones correspondieron, durante 1982, al pago de indemnizaciones por insolvencia, mientras que el 25% se repartieron por salarios adeudados de empresas insolventes y el 15% al 40% de indemnizaciones relativas empresas con plantillas inferiores a 25 trabajadores.

El organismo sólo recuperó, durante 1982, 200 millones de pesetas, mediante su personación como acreedor por subrogación en suspensiones de pagos y quiebras. Sus pagos, a trabajadores de empresas sujetas a este tipo de procedimientos judiciales, ascendieron aproximadamente a 35.000 millones.

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